Todo lo que tienes que saber sobre las ayudas del SEPE que suben a 480 euros en 2023
Estos subsidios están dirigidos a distintos colectivos que tienen dificultades para volver a acceder al mercado laboral
Así será la subida de los subsidios por desempleo en 2023 tras el acuerdo del Gobierno
Cuánto subirán las pensiones en 2023 tras el anuncio del Gobierno: cantidades máximas y mínimas
C.B.
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) cuenta con muchos instrumentos para ayudar a las personas desempleadas en forma de prestaciones y subsidios dependiendo de las situación en la que se encuentre de cada uno.
Con ello, la Administración intenta incentivar a la personas ... que reciban la prestación para que puedan reincorporarse al mercado laboral, por lo que uno de los requisitos necesarios es estar inscrito en la lista del paro y mantener el compromiso de búsqueda activa y formación continua.
Esta ayuda se recibe dependiendo del número de meses cotizados, la edad o de las responsabilidades familiares que tenga el solicitante. La cuantía base es del 80% del IPREM para el 2022, y que, tras la subida de un 2,5% en los Presupuestos Generales del Estado, quedó en 463,21 euros al mes. Para 2023 estas prestaciones experimentarán un nuevo incremento del 3,6%, alcanzando los 480 euros mensuales.
Todas las ayudas del SEPE que suben a 480 euros
El SEPE recuerda en su perfil de twitter todos los subsidios que en 2023 constarán de 480 euros mensuales que puedes solicitar.
👩💻🧑💻 ¿Conoces los tipos de subsidios que puedes solicitar? Abrimos hilo ⤵️ pic.twitter.com/x2eJ4rAll2
— SEPE (@empleo_SEPE) February 8, 2022
Por norma general, los solicitantes de estas prestaciones no pueden tener altos ingresos y deben mostrar compromiso para encontrar un puesto de trabajo que le permita vivir de manera digna.
Requisitos generales:
— Estar en situación de desempleo.
— Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo y mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción y suscribir el compromiso de actividad.
— No percibir rentas de cualquier tipo superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, sin contar la parte proporcional de dos pagas extraordinarias (Cuantías para este año). Se tendrán en cuenta las rentas íntegras o brutas.
Los ciudadanos que han trabajado menos de un año puede acceder a un subsidio por desempleo. Esta prestación va a depender del número de meses cotizados y de si tiene o no responsabilidades familiares.
Se debe haber cotizado por desempleo al menos 3 meses, si se tienen responsabilidades familiares, o al menos 6 meses si no se tienen, y no llegar a 360 días. En el caso de tener los 360 días cotizados, se tendría derecho a la prestación contributiva.
La duración del subsidio depende de dos variables: la cotización previa y la existencia, o no, de cargas familiares:
-El subsidio durará 3, 4 o 5 meses, si ha cotizado 3, 4 o 5 meses, respectivamente.
-Las personas que no tengan responsabilidades familiares la podrán recibir durante un máximo de seis meses en el caso que hayan cotizado al menos seis meses.
-Y si tiene cargas familiares, el subsidio durará 21 meses, si ha cotizado 6 o más meses (en este supuesto, el derecho se reconocerá por seis meses, y se puede prorrogar por períodos de 6 meses hasta su duración final).
Para personas de más de 45 años sin cargas familiares que hayan agotado la prestación contributiva y que no consigan engancharse de nuevo al mercado laboral, el SEPE establece el subsidio de 460 euros durante un periodo máximo de seis meses.
Si dispone de carga familiar, puede solicitar un tipo de ayuda que se concede durante más tiempo.
Para optar a este subsidio, debes tener a cargo al cónyuge o a algún hijo o hija por naturaleza o adopción que sea menor de 26 años o mayor con discapacidad o personas menores acogidas, si conviven o dependen económicamente de usted y no tienen rentas mensuales superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI).
La duración será de 6 meses prorrogables por periodos semestrales, en función de la duración de la prestación por desempleo que haya agotado y de su edad, siempre que lo solicite en plazo y mantenga los requisitos, de acuerdo a lo siguiente:
- Si es menor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de al menos 4 meses, tendrá derecho a 6 meses de subsidio, prorrogables hasta un máximo 18 meses.
- Si es menor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrá derecho a 6 meses de subsidio, prorrogables hasta un máximo 24 meses.
- Si es mayor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de 4 meses, tendrá derecho a 6 meses de subsidio, prorrogables hasta un máximo 24 meses.
- Si es mayor de 45 años y ha agotado una prestación contributiva de al menos 6 meses, tendrá derecho a 6 meses de subsidio, prorrogables hasta un máximo 30 meses.
Este caso está pensado para las personas españolas emigrantes retornadas de determinados países en los que han trabajado, siempre que no tengan derecho a la prestación contributiva por haber cotizado por desempleo menos de 360 días en los 6 años anteriores a su salida de España.
Debe haber trabajado como mínimo 12 meses en los últimos seis años desde su última salida de España, en países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo o Suiza.
Subsidio para liberados de prisión
El SEPE también facilita esta prestación para las personas liberadas de prisión. Tienen derecho a cobrar el subsidio por desempleo durante seis meses, prorrogables por otros dos periodos de igual duración, hasta un máximo de 18 meses.
Esta ayuda económica se concede hasta la jubilación para quienes han alcanzado los 52 años y cumplen determinados requisitos de cotización para tener la jubilación ordinaria, que es tener 15 años cotizados para la jubilación, al menos 2 en los últimos 15 y 6 con cotizaciones por desempleo en el régimen general.
La ayuda económica es como en todos los casos, de 463,21 euros al mes, y a partir de 2023, de 480. Sin embargo, este subsidio tiene la particularidad de que es el único que cotiza a la jubilación, de modo que el SEPE ingresa todos los meses la cotización del trabajador que está cobrando esta ayuda.
En el último año el Estado ha autorizado a cobrar este subsidio a los fijos discontinuos mayores de 52 años.
✅ Aprobamos en el #CMin ampliar el subsidio por desempleo para mayores de 52 años a personas trabajadoras fijas discontinuas.
— Ministerio Trabajo y Economía Social (@empleogob) March 1, 2022
Se estima que de manera inmediata esta medida contará con unas 18.000 personas beneficiarias al mes, cifra que podría aumentar los próximos meses. pic.twitter.com/MDnDLy3dKt
Estos son los requisitos para acceder a la prestación:
— Cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a la pensión contributiva de jubilación en el Sistema de Seguridad Social español.
— Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral.
— Encontrarse en alguno de estos supuestos: no tener derecho a una prestación por desempleo por haberla agotado; ser emigrante retornado sin derecho a la misma; haber salido de prisión sin derecho a la prestación habiendo estado en privación de libertad más de seis meses; haber sido declarado plenamente capaz o inválido parcial como consecuencia de expediente de revisión por mejoría de una situación de gran invalidez, incapacidad permanente absoluta o total para la profesión habitual; o no haber cubierto el período mínimo de cotización (doce meses), siempre que haya cotizado, al menos, tres meses.
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesiónEsta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete