El Milagrito pierde su batalla legal contra Mano de Santo por competencia desleal
El Juzgado Mercantil de Sevilla sentencia que hay diferencias apreciables entre ambos desengrasantes, tanto en su composición como en los envases y etiquetas
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Iniciar sesiónEl Milagrito ha perdido su batalla judicial contra Mano de Santo, dos desengrasantes que han desatado una guerra en el seno de la familia sevillana Castro Molera. El Juzgado Mercantil 3 de Sevilla ha desestimado la demanda que la empresa Fabrienvaf Nuca, fabricante de ... El Milagrito y dirigida por María Castro Molera, presentó por infracción de la Ley de Competencia Desleal y la Ley de Secretos Industriales contra la sociedad Industrias Castro Molera, propiedad de su hermano Miguel , por sacar al mercado un producto muy similar bajo la marca Mano de Santo. El caso, sin embargo, amaga con no acabar aquí, ya que la sentencia puede ser recurrida ante la Audiencia de Sevilla.
María Castro Molera pidió en el Juzgado Mercantil que su hermano Miguel dejara de competir deslealmente con El Milagrito , el único producto que comercializa Fabrienvaf, una empresa que fue fundada en 1984 por el padre de ambos, Miguel Castro Jiménez, y a la que fueron incorporándose sus cinco hijos. Lo más llamativo es que actualmente son socios de la empresa que fabrica el famoso desengrasante la esposa del fundador y sus hijos María y Miguel, teniendo este último un 16% de Fabrienvaf, según Francisco Jesús Fernández, abogado defensor del demandado.
María Castro acusaba a su hermano Miguel de ofrecer un producto muy parecido a El Milagrito usando los conocimientos privilegiados que adquirió como responsable comercial de Fabrienvaf. La directora de esta empresa consideraba que Miguel bautizó al nuevo desengrasante con el nombre de Mano de Santo para confundir al consumidor con una denominación del mismo campo semántico que hacía referencia a un origen común divino o celestial. Además, entendía que ambos productos eran sustancialmente idénticos, con una imagen prácticamente idéntica, lo que causaba confusión entre los mayoristas y minoristas.
Miguel Castro negó que se hubiera aprovechado de conocimientos privilegiados de Fabrienvaf, «pues no se acreditan secretos que se hayan preservado». Rechazó que los sistemas de fabricación o formulación fueran iguales, «pues ambos tienen distinta composición y elementos químicos».
Etiquetado y envasado
Asimismo, aseguró que no había similitudes de ambos productos en cuanto al etiquetado y envasado. A su juicio, las denominaciones diferían tanto semántica como morfosintácticamente, destacando que Fabrienvaf no había impugnado la marca registrada, sino únicamente la tridimensional del bote rosa. Además, Miguel Castró alegó que tras las medidas cautelares aprobadas por el juez, cambió la apariencia del producto Mano de Santo, variando su color a rojo (abandonando así el rosa anterior) y su etiqueta, permaneciendo la formulación del producto.
Fabrienvaf presentó la prueba pericial fuera de plazo, mientras que el informe pericial de la empresa que produce Mano de Santo también resultó fallido. Sobre la infracción de la Ley de Secretos Industriales, el juez destaca que la empresa fabricante de El Milagrito no lo acreditó ni lo fundamentó.
El magistrado Miguel Ángel Navarro recuerda que la Ley «considera desleal el aprovechamiento indebido, en beneficio propio o ajeno, de las ventajas de la reputación industrial, comercial o profesional adquirida por otro en el mercado». En este caso, la sentencia dice que no hubo prohibición previa de no concurrencia a Miguel Castro, destacando que hay «diferencias en sí apreciables de los productos», sobre todo después de que se hubiera variado significativamente el envase de Mano de Santo. Para el juez, las actuaciones perjudiciales por aprovechamiento de reputación ajena no han resultado acreditadas por clientes de los que se decían afectados por las mismas.
Además, el juez subraya que Fabrienvaf no acreditó el perjuicio que se le causó, declarando varios testigos que las ventas de El Milagrito evolucionaron favorablemente, «lo que cuestionaba igualmente la idea de perjuicio o desvalor reprochado» a Industrias Castro Molera. En la sentencia, el magistrado no considera que Miguel Castro hubiera podido causar confusión al comercializar primero El Milagrito como directivo de Fabrienvaf y después Mano de Santo, un producto de su propia empresa.
Composición química
Finalmente, el juez estima que ambos productos tenían composiciones esenciales diferentes, pues El Milagrito aúna hasta siete componentes, mientras que Mano de Santo sólo comprende cuatro. «En definitiva, no cabe concluir sino por mera aproximación superficial que sean el mismo producto, y antes al contrario ha de reconocerse que nos encontramos ante productos diferenciados intrinsicamente en cuanto a composición y diferenciales por simple apariencia externa a la vista de los envases».
La marca ICM Mano de Santo está registrada para su uso en España y ha solicitado el registro en la Unión Europea. Cuando Miguel Castro llevó Mano de Santo a la Oficina de Patentes y Marcas de España, Fabrienvaf se opuso al registro de la marca tridimensional del bote y por la confusión semántica de los nombres, pero finalmente se desestimó la oposición, según ha declarado a ABC el letrado Francisco Jesús Fernández.
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