Así son los nuevos permisos para ausentarse del puesto de trabajo: más días y reducción de jornada
La nueva norma, que entró en vigor el 30 de junio, pretende ayudar a conciliar la vida familiar con la profesional
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Con los nuevos permisos de trabajo, los empleados dispondrán de más días de ausencia y jornadas más reducidas
Los permisos para ausentarse del puesto de trabajo son fundamentales para equilibrar la vida personal y laboral. Gracias a ellos, los trabajadores pueden hacer frente a situaciones personales, como enfermedad, asuntos familiares o emergencias imprevistas, sin tener que sacrificar su empleo o su estabilidad ... laboral. Asimismo, medidas como estas no solo promueven el bienestar de los empleados, sino que ayudan a mantener un entorno laboral saludable y funcional.
Por todo ello, el pasado martes fueron aprobados en Consejo de Ministros unos nuevos permisos laborales que entraron en vigor a partir del 30 de junio. Estos quedan recogidos en el BOE, dentro del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea.
Ausentarse del puesto de trabajo con derecho a remuneración
El texto aprobado habla concretamente de una serie de permisos remunerados para ausentarse del trabajo, con vistas a conciliar la vida familiar con la profesional. Como aspectos más destacados, los trabajadores pasarían a disponer de más días de permiso, así como de jornadas laborales sobre las que se aplicaría una mayor reducción de horas.
Los nuevos permisos de trabajo permitirán a los empleados una mejor conciliación de la vida familiar con la laboral
Según especifica una nota de prensa emitida por la Vicepresidencia Segunda del Gobierno y el Ministerio de Trabajo y Economía Social, se contempla:
- Cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario. Podrán beneficiarse de este permiso aquellas personas que convivan con el trabajador o trabajadora que requiere el cuidado en el mismo domicilio. También las parejas de hecho en el ámbito del permiso, así como a familiares consanguíneos de la pareja de hecho. La regulación anterior recogía hasta entonces dos días de permiso en estos casos.
- Permiso parental de ocho semanas: intransferible y que podrá disfrutarse de manera flexible. Dirigido a padres y madres que se vean en la tesitura de tener que compaginar la jornada laboral con el cuidado de sus hijos. En este caso, este permiso es aplicable hasta que el menor cumpla los ocho años.
- Cuatro días remunerados para el nuevo derecho de los trabajadores a ausentarse del lugar de trabajo en casos de fuerza mayor debido a situaciones familiares urgentes e imprevistas, como enfermedades o accidentes que requieran su presencia inmediata. Además, se otorgan dos días de permiso en caso de fallecimiento del cónyuge, incluyendo también a las parejas de hecho.
- Reducción de jornada: para aquellos que necesiten hacerse cargo directamente del cuidado de un familiar cercano hasta el segundo grado de parentesco del cónyuge o pareja de hecho, incluyendo también a los familiares consanguíneos de la pareja de hecho.
- Se amplía el derecho a la reducción de jornada para aquellos que se encarguen del cuidado de hijos o personas dependientes con discapacidad, siempre y cuando sean menores de 26 años y padezcan de cáncer u otra enfermedad grave, y el grado de discapacidad supere el 65%. Además, es necesario que esta condición de discapacidad se haya acreditado antes de que cumplan los 23 años.
- Quince días naturales en caso de registro de pareja de hecho.
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