Y esta afirmación adquiere relevancia desde el momento en que la juez del Contencioso nº 7 de Sevilla acaba de ordenarle al Consistorio que le informe «de las actuaciones practicadas en orden al cumplimiento de lo dispuesto en el fallo». Y, además, le advierte que en caso de no atender a esa petición puede «adoptar las medidas que sean necesarias» para lograr la efectividad de lo mandado. ¿Y qué dice el fallo que ese mismo juzgado dictó en junio de 2020? El Consistorio debe repetir el proceso selectivo para la cobertura de 56 plazas de policías desde el examen práctico, que fue la prueba anulada por las sospechas de que se filtró a un grupo de opositores.
Los agentes a los que les afectaría esta sentencia son 45. Si bien de ese número inicial de 45, uno de los funcionarios policiales ya ha fallecido; cinco prestan servicio ahora en municipios de Málaga y Cádiz, tras una permuta de agentes; cinco ya tienen categoría de oficial; quince están admitidos como aspirante en un proceso de promoción interna para ser oficial; uno está admitido en un proceso para plaza de subinspector y 34 siguen prestando servicios en Sevilla.
El anterior alcalde, Antonio Muñoz, tuvo encima de la mesa dos informes que concluían en el mismo sentido, que tenía que anular el nombramiento de esos 34 funcionarios que están bajo su competencia. Los dos informes los firmaba el Servicio de Recursos Humanos y el letrado jefe del Servicio de Informe, Asesoría y Contencioso. El anterior Gobierno local trató por todos los medios no ejecutar la sentencia que supone un quebradero de cabeza considerable, además de una merma inmediata de personal. Ahora a José Luis Sanz le toca llevar a cabo lo que la Justicia le ordena.
El TSJA, que confirmó la decisión de la juez de lo Contencioso en marzo de 2021, le reprochó al Consistorio precisamente que no hubiera actuado rápidamente y optó por seguir hacia delante, lo que al final ha generado un perjuicio mayor: «Tuvo la posibilidad de actuar con prontitud ante las evidencias de irregularidades en el proceso para evitar que el paso del tiempo hiciera más difícil la restauración del orden jurídico perturbado».
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