Nuevo varapalo judicial a los policías locales de Sevilla salpicados por el amaño de las oposiciones
El TSJA dicta una tercera sentencia en la que insta a la ejecución del fallo que obliga al cese de los agentes
La última esperanza de los funcionarios y el Ayuntamiento está en el Supremo, donde ya hay varios recursos
La Justicia obliga a degradar a los policías locales de Sevilla afectados por el amaño de las oposiciones

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha vuelto a dictar una nueva sentencia, la tercera en el mismo sentido, en el asunto de las oposiciones de la Policía Local de Sevilla de 2012 que fueron amañadas y que el Juzgado de lo ... Contencioso-Administrativo número 7 de Sevilla ya dictaminó que había que repetir dichas pruebas y cesar a los agentes salpicados, un total de 44 funcionarios. El Alto Tribunal Andaluz, una vez más, rechaza la petición de los afectados, ya lo hizo con la solicitud del Ayuntamiento, para dejar sin ejecución el fallo.
La batalla judicial entre los agentes afectados por el amaño para evitar la ejecución de la sentencia tuvo un episodio relevante en noviembre de 2023, cuando la juez de lo Contencioso-Administrativo, el mismo órgano que sentenció en 2021 la nulidad del proceso selectivo, el cese de 44 agentes y la repetición de la prueba, dictó dos autos por los que, de un lado, rechazaba todos los incidentes de inejecución presentados por los afectados, así como por el propio Ayuntamiento, gobernado ya por el PP; y de otro lado ordenaba el acatamiento de la sentencia y cómo se tenía que repetir las pruebas: «la sentencia debe ser cumplida en sus estrictos términos y la pérdida de la condición de funcionarios de carrera en la categoría correspondiente de los afectados es para todos los que accedieron y aprobaron la oposición que nos ocupa, sin perjuicio de que hayan permutado o ascendido, ya que estos actos se ven afectados por el vicio causante de la anulación de las resoluciones recurridas».
Aquellos autos fueron recurridos ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que ha dictado tres sentencias desde finales del año pasado rechazando los argumentos jurídicos de las defensas, así como el propio Ayuntamiento de Sevilla, que en este asunto ha pasado de mantener una actitud pasiva a la espera de la decisión final de los tribunales a la proactividad, solicitando que la sentencia no se cumpla.
En la primera de ellas desestimó parcialmente el recurso del Consistorio y demás alegantes, porque obligaba ya a anular los ascensos y permutas de estos funcionarios, pero daba da la razón al Ayuntamiento y a los afectados en lo referente a la repetición de las pruebas. Los 44 policías sólo tendrán que repetir el examen tipo test pero ya no tendrán que volver a superar el examen médico ni tampoco su formación en la escuela de prácticas en caso de que aprueben el teórico.
En dicha resolución se indicaba que los policías beneficiados por el amaño de las oposiciones que hayan sido ascendidos serán degradados y también volverán al punto inicial los que hayan permutado plazas, algo que hasta ahora estaba en el aire. En el segundo fallo del TSJA se obligaba a todos los agentes afectados ser expulsados y presentarse de nuevo.
«Una nueva vida»
La tercera y última sentencia, con fecha de 9 de abril y al que ha tenido acceso ABC, el TSJA vuelve a rechazar las pretensiones de un grupo de policías cuyas plazas están en peligro. Insiste esta defensa en las circunstancias personales de cada uno e invoca la presunción de inocencia. «Entraron a formar parte de la Policía Local de Sevilla e iniciaron una nueva vida, crearon sus familias, compraron sus casas, las parejas accedieron a empleo estable, con hijos matriculados en colegios... se ven obligados, por mor de la ejecución de una sentencia en sus estrictos términos, a desbaratar su vida y tener que empezar de nuevo con toda la problemática planteada».
Además, vuelven a exponer el «grave perjuicio en la seguridad» de la ciudad, mismo argumento usado por el Ayuntamiento y rechazado por los tribunales. Pero el TSJA remarca que la continuidad del proceso selectivo no es imposible ni material ni legalmente y cuando dicho proceso concluya puede suceder que los aprobados sean los mismos que ya lo fueron en el proceso anterior u otros distintos. «Y será en ese momento cuando de forma eventual puedan calibrarse los efectos que tales actos puedan producir».
El transcurso de cuatro años, más, desde el dictado de tal sentencia, que es firme, sin haber continuado el proceso selectivo en la forma determinada por la misma, no es una razón suficiente para considerar inejecutable la sentencia, porque el transcurso del tiempo, y los efectos en los demás concurrentes, fueron ya valorados.
¿Y ahora? Todas las partes implicadas en este asunto: policías locales que tienen que ser expulsados, Ayuntamiento e, incluso, los opositores interesados en la repetición de las pruebas han llevado estas sentencias del TSJA al Tribunal Supremo. En el caso de este último grupo se argumenta que existe desigualdad si los policías beneficiados en 2012 están eximidos de realizar la prueba física y las prácticas.
La carta del Supremo sería la última para quienes quieren a toda costa, agentes beneficiados por el amaño y Ayuntamiento, evitar la ejecución de la sentencia que obligar a expulsar a 44 funcionarios del cuerpo de Policía Local. Si en Madrid se desestiman sus argumentos, el caso volverá al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Sevilla, que ya se ha pronunciado en reiteradas ocasiones para que se cumpla lo sentenciado.
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete