Los ingenieros denuncian en Bruselas el dedazo a Ineco del puente de la SE-40

Dos catedráticos redactan un informe jurídico donde detectan tres infracciones 'antitrust' con los encargos del Gobierno

La empresa que redacta el proyecto del viaducto es ya la ingeniería con mayor facturación: 478 millones en 2024

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Recreación del puente de la SE-40 ABC

El dedazo a Ineco con el puente de la SE-40 ha sido la gota que ha colmado el vaso de las empresas de ingeniería, que ven cómo el Gobierno de España está eliminando la libre competencia con las obras públicas ... al encargar a medios propios las principales infraestructuras del país. Después de haber ganado la primera batalla ante el Tribunal Central de Recursos Contractuales del Ministerio de Hacienda, que tumbó la primera adjudicación del viaducto a Ineco, los ingenieros llevaron el segundo encargo ante el Tribunal Supremo y, ante la Audiencia Nacional, presentaron una demanda que acabe de una vez con este abuso que consideran que se ejerce una competencia desleal y que está reventado el mercado libre al excluir millares de contratos de la licitación pública. Ahora, han decidido plantarse y llegar hasta Europa.

La Federación de Asociaciones de Empresas de Conocimiento e Ingeniería de España (CíES), que integra a ocho asociaciones de ámbito regional incluyendo a la andaluza ASICA, entre otras, han encargado un dictamen jurídico a los catedráticos Juan Antonio Carrillo Donaire y María Luisa Muñoz Paredes, de las universidades de Sevilla y Oviedo respectivamente, que analiza las posibles infracciones en las que podría estar incurriendo la actividad de Ineco desde la perspectiva del Derecho de Competencia de la Unión Europea.

Parten de las cifras «realmente preocupantes» que se han generado con estas adjudicaciones directas a medios propios, y que acumulan un montante global de diez mil millones de euros en el periodo comprendido entre 2021 y 2023, que coinciden con la ejecución de los fondos europeos Next Generation, que se están canalizando en gran medida por la vía de los encargos a medios propios, según denuncian.

En el caso concreto de Ineco, que se está encargando de la redacción del proyecto del puente de la SE-40, una de las mayores obras de los últimos años en España, y que depende directamente del Ministerio de Transportes, el creciente volumen de encargos le ha permitido alcanzar en 2024 los 478 millones de euros, con una cartera de pedidos que roza los mil millones de euros. Desde 2018 ha duplicado su plantilla hasta los 6.000 empleados, convirtiéndose en la ingeniería española con mayor volumen de facturación, a lo que se suma su creciente actividad exterior, donde puede competir en mejores condiciones gracias a los encargos que recibe.

Tres infracciones

El dictamen, al que ha tenido acceso ABC, concluye que pueden darse hasta tres infracciones de la normativa 'antitrust' europea por parte de Ineco, en virtud de presuntos incumplimientos de las directivas europeas que regulan los encargos a medios propios. Se trataría de irregularidades señaladas por recientes informes de organismos como el Tribunal de Cuentas, la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) y la Oficina de Regulación y Supervisión de la Contratación Pública (OIRESCON), que hacen referencia al incumplimiento de la regla del 'control análogo' que los poderes adjudicadores que le realizan encargos a Ineco han de tener sobre dicha entidad, y que no se verifica en todos los casos. Pero, sobre todo, al incumplimiento de la regla del '80-20', según la cual, Ineco sólo puede facturar una cantidad residual (menos del 20%) en el mercado libre y al margen de los encargos que recibe por los poderes adjudicadores nacionales. Ineco computa esta proporción aplicando una metodología de cálculo que algunos expertos del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas no consideran un criterio contable fiable.

En este caso, los dos catedráticos aprecian una potencial infracción por lo que se denomina 'conducta colusoria', es decir, que la Administración (en este caso el Ministerio de Transportes) y su medio propio, cuando los encargos se realizan fuera de los límites legales, no pueden considerarse como un solo operador económico, sino como dos sujetos distintos que pueden perfectamente ser calificados como 'empresas' a efectos del derecho de la competencia. Y, lo que en el caso que vienen a denunciar los ingenieros afecta más a Europa, se produciría una afectación al mercado común europeo, pues el obstáculo que esta práctica supone para las empresas domiciliadas en España se extiende a las empresas de cualquier otro país de la UE, que verían coartadas sus opciones de concurrir a la obtención de tales contratos en nuestro país.

En segundo lugar, en el dictamen jurídico que las ingenierías van a remitir a Bruselas para presentar su denuncia, consideran que «es evidente» que el Estado domina el mercado de los servicios de ingeniería, pues constituye el principal demandante en el mercado español. Y si -como ha ocurrido con el puente de la SE-40- utiliza la vía de la adjudicación directa a Ineco fuera de los cauces legales y en perjuicio de los competidores de este medio propio, estaría realizando un comportamiento abusivo que está prohibido por el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en su artículo 102.

La tercera infracción va relacionada con las tarifas con las que opera Ineco. Las ingenierías entienden que son muy superiores a los precios de adjudicación de las mismas prestaciones en el mercado libre, por lo que entienden que «debe ser objeto de especial cautela desde la óptica de ayudas de Estado». La explicación es que si se generasen beneficios desproporcionados por estos dedazos, cabría plantearse si se está otorgando a Ineco una ventaja económica por sobrefinanciación o exceso de compensación de estos costes. En el caso concreto del viaducto de Sevilla, la empresa pública además subcontrata más de la mitad del encargo, lo que le permite rentabilizar lo que se considera como 'aguas abajo', vía ahorro, el importe de los encargos.

Asimismo, señalan que Ineco podría obtener «subvenciones cruzadas» que derivarían de su mejor posición competitiva en el mercado libre, dado que «arrastra» a ese mercado otras ventajas competitivas exclusivas que derivan del carácter público de la entidad no replicables para el sector privado. Y todo ello puede suponer el incumplimiento del régimen general prohibitivo de ayudas de Estado en la Unión Europea.

Entienden los ingenieros, a través del dictamen, que la denuncia que van a presentar podría suponer la apertura de un expediente sancionador para España por parte de la Comisión Europea, que se uniría a otras acciones emprendidas por las ingenierías ante instancias nacionales.

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