El Ayuntamiento tendrá que indemnizar a la empresa a la que el PSOE adjudicó las obras de Mateos Gago
La Justicia da la razón a la reclamación de Grulop 21 y señala que la cancelación de aquel contrato debió hacerse por una resolución y no por nulidad
La Gerencia de Urbanismo dará hoy luz verde al procedimiento para acordar la cantidad exacta que habrá que abonar a esta empresa
Urbanismo vuelve a licitar la peatonalización de la calle Mateos Gago
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesiónCasi un lustro después de que terminaran las obras de peatonalización de la calle Mateos Gago, el Ayuntamiento de Sevilla tendrá que asumir ahora el pago de una indemnización a la primera empresa a la que el gobierno del PSOE le adjudicó estos trabajos ... en el año 2018. Esta actuación encaminada a suprimir el paso de vehículos por esta zona patrimonial para ganar más espacio para los peatones fue una de las banderas del ejecutivo liderado por el socialista Juan Espadas. Sin embargo, la intervención que se anunció en el año 2018 sufrió una serie de retrasos en su ejecución que la dilataron en el tiempo. Entre ellas, la revocación del contrato que fue adjudicado en su momento a la empresa Grulop 21, a la que se acusó en su día de ofertar con una baja temeraria al presupuesto de la licitación.
En concreto, la comisión ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo decidió en su reunión del 17 de octubre de 2018 adjudicar la obra a esta sociedad, con un precio de 919.363,85 euros (IVA incluido). En la práctica, este oferta era un 32,52 por ciento más baja que la cantidad por la que se habían licitado los trabajos. No obstante, el gobierno municipal, cuyo responsable del área de Urbanismo era Antonio Muñoz, hoy portavoz de los socialistas en el Ayuntamiento de Sevilla, decidió paralizar el procedimiento por las quejas de los vecinos y comerciantes y, oficialmente, porque la cantidad ofertada por Grulop 21 se consideró desproporcionada a la baja. Una decisión que se materializó a finales del mes de julio de 2019. En el expediente se proponía la devolución de la garantía definitiva constituida en su día.
La adjudicataria se mostró entonces contraria a esta resolución, alegando que carecía de responsabilidad en la situación de las obras y que, por lo tanto, no existía nada que se le pudiera imputar. Por ello, reclamaba al Ayuntamiento una indemnización del 2% del precio del contrato, además de la devolución de la garantía. El gobierno municipal, contrario a la petición, solicitó un dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía para proceder a la resolución del contrato en el que, según la interpretación de los técnicos municipales, se indica que el contrato incurre en una causa de nulidad y que lo que procede es esta declaración. Una decisión que se materializó en el Consejo de Gobierno de Urbanismo de 12 de febrero de 2020.
Sin embargo, y ante la negativa de Grulop 21 a la decisión adoptada por el Ayuntamiento, sus responsables decidieron iniciar un procedimiento judicial que ahora les ha dado la razón. En concreto, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, con fecha 23 de octubre de 2025, dictó una sentencia por la que se estimaba el recurso de apelación interpuesto y se anula, por no ajustarse a derecho, el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Gerencia de Urbanismo del año 2020. Finalmente, se acuerda que el Consistorio hispalense proceda a iniciar y tramitar el procedimiento de revisión de oficio por causa de nulidad del contrato adjudicado a la recurrente, lo que en la práctica viene a suponer el pago de esta indemnización a la empresa constructora. Un hecho que fue respaldado, a la vista de este auto, por un informe jurídico del Servicio de Contratación y Gestión Financiera realizado el pasado 7 de noviembre.
Fuentes municipales consultadas por ABC de Sevilla advierten de que esta decisión es la consecuencia de un dilatado proceso judicial iniciado por la primera empresa adjudicataria de las obras por parte del gobierno del PSOE, aunque no fue quien posteriormente asumió la actuación. En este sentido, insisten en que Grulop 21 no estuvo de acuerdo con la fórmula adoptada para rescindir el contrato, aunque fue inicialmente acordada por ambas partes. El dictamen judicial obliga ahora, y así le dará curso hoy la comisión ejecutiva de Urbanismo, a iniciar el procedimiento de revisión de oficio del acuerdo del 17 de octubre de 2018 por el que se le adjudicaron las obras, al objeto de acordar su nulidad y no la rescisión que fue declarada en su momento. El Ayuntamiento, en consecuencia, se verá obligado a afrontar también la indemnización económica a favor de la empresa contratista.
Límite de sesiones alcanzadas
- El acceso al contenido Premium está abierto por cortesía del establecimiento donde te encuentras, pero ahora mismo hay demasiados usuarios conectados a la vez. Por favor, inténtalo pasados unos minutos.
Has superado el límite de sesiones
- Sólo puedes tener tres sesiones iniciadas a la vez. Hemos cerrado la sesión más antigua para que sigas navegando sin límites en el resto.
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesiónEsta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete