El juez que avaló el realojo de La Corrala es un profesor puesto por el Parlamento
El auto da la razón a la Junta en su manera de proceder, aunque no entra en detalles como las listas de espera o la entrega de llaves en plena calle
alberto garcía reyes
El ponente del auto de archivo de la causa por presunta prevaricación en la entrega de llaves a ocho familias de La Corrala Utopía por parte de la Junta de Andalucía, Miguel Pasquau Liaño , no es magistrado de carrera y ... fue designado para este puesto en el TSJA por el Parlamento de Andalucía . Pasquau es profesor de Derecho Civil de la Universidad de Granada y accedió al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el año 2001 gracias a la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial , que recoge en su artículo 330 que «en la Sala de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia, una de cada tres plazas se cubrirá con un jurista de reconocido prestigio a propuesta del Parlamento de cada comunidad autónoma». Pasquau fue propuesto por el PSOE hace 13 años y su designación se sometió a votación de los diputados andaluces el 14 de marzo de aquel año junto a María del Pilar Bensusan y José María López. El primero consiguió el puesto con 103 votos frente a 43 y 34 de sus competidores. Eso quiere decir que también fue elegido por los miembros del PP en la Cámara .
No obstante, algunas decisiones judiciales de Pasquau han sido muy criticadas desde la bancada popular. Ya ocurrió cuando dictó el sobreseimiento de la causa contra el alcalde de Marinal eda, Sánchez Gordillo, por supuestas coacciones a trabajadores durante una huelga general. Y ahora ha vuelto al centro de la polémica con su auto de archivo por prevaricación en el caso de La Corrala, ya que no sólo se centra en la cuestión formal, que le habría bastado para despachar el asunto, sino que también entra en el fondo .
El caso llegó al TSJA porque el sindicato Manos Limpias y un particular de Sevilla habían denunciado por prevaricación a la consejera de Fomento y Vivienda, Elena Cortés , por entregar pisos a los miembros del colectivo La Corrala supuestamente vulnerando la normativa para este tipo de realojos y saltándose las listas de espera . Cortés, al ser consejera, está aforada, por lo que es el Tribunal Superior andaluz quien tiene que instruir diligencias contra ella. Pero la consejera no fue en realidad quien firmó la orden de realojo, sino el director general de Vivienda, Antonio Ibáñez , por lo que el TSJA no tenía nada que instruir contra ella. Quien tendría que investigar sería el juzgado ordinario, ya que Ibáñez no es aforado. Así que Pasquau archiva la denuncia por este motivo. Pero no se queda ahí. A pesar de que la equivocación formal de la denuncia es evidente y basta para dar carpetazo al tema, el ponente del auto decidió también abordar el fondo de la cuestión en apenas un folio y medio para concluir que tampoco hubo prevaricación en la actuación de la Junta. Su veredicto se basa fundamentalmente en dos razones: la sentencia de desalojo del juzgado número 3 en la que la juez comunica a las administraciones que han de proveer lo necesario para las familias en riesgo de exclusión y con menores a su cargo —argumento idéntico al de la Junta e IU—; y la falta de acuerdo entre el Ayuntamiento y Vivienda para encontrar soluciones alternativas antes de que se produjera el desalojo forzoso.
Sin embargo, Pasquau no aborda detalles del caso como la entrega de las llaves a los miembros de La Corrala en plena calle y en presencia del coordinador de IU, Antonio Maíllo , que no ocupa ningún cargo institucional. Tampoco hace alusión alguna el juez a las listas de espera y a la normativa vigente para llevar a cago los realojos urgentes. Ni menciona los expedientes de los trabajadores sociales municipales. «Entra en el fondo, pero no a fondo» , se quejan desde la oposición. Eso sí, su determinación en cuanto a Elena Cortés es irreprochable: ella no dictó la orden de realojo, luego el TSJA no tiene nada que investigar al respecto.
El juez que avaló el realojo de La Corrala es un profesor puesto por el Parlamento
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