Este es el único caso en el que puedes circular a más de 120 km/h en España
Sí, es posible (y legal) que veas pasar un vehículo a 150 km/h en una autopista
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Iniciar sesiónVas circulando por una autopista a 120 km/h, respetando los límites de velocidad, y ves cómo te rebasa un vehículo que claramente va muy por encima de esos 120, probablemente rozando los 150 kilómetros por hora. Puede no ser una maniobra legal... ... o sí.
Porque hay una excepción contemplada en la normativa de tráfico mediante la cual ciertos vehículos pueden circular legalmente hasta esos 150 km/h. Eso sí, apenas en condiciones muy concretas y siempre con la debida autorización por parte de la DGT.
Es lo que se conoce como la señal V-12, una matrícula adicional de fondo rojo con las letras «F.V.» (Fabricante de Vehículos) en blanco, que debe quedar situada tanto en la parte delantera como trasera del vehículo, junto a la placa de la matrícula.
Quiénes la pueden utilizar
Lo explica la DGT en su página web. «Una prueba o ensayo de investigación extraordinarios en vías de uso público, abiertas al tráfico general de usuarios es toda actividad con fines científicos, utilizando un vehículo para examinar el comportamiento técnico de éste o de sus componentes en circulación o para hacer estudios relacionados con la seguridad, movilidad y fluidez de la circulación vial o elementos estructurales de la misma».
O lo que es lo mismo, solo pueden circular a la velocidad antes mencionada aquellos vehículos sobre los que se estén efectuando pruebas especiales o ensayos de investigación.
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Gracias a esta autorización se permite superar en hasta 30 km/h el límite máximo legal de la vía; es decir, hasta 150 km/h en autopistas y autovías en los que el límite está situado en 120, de ahí que pueda no ser una ilegalidad el hecho de toparse con un coche que circula sobre el límite establecido por la normativa de tráfico.
La DGT detalla que «la solicitud se hace para un único ensayo y vehículo o conjunto de vehículos en el que la duración máxima del ensayo sea de un año y no existe limitación para el número de conductores e itinerarios a recorrer». Para acceder a esta autorización para pruebas y ensayos extraordinarios la DGT facilita esta página web.
Toda persona que quiera optar a este permiso debe abonar una tasa de 20,61 euros que corresponde con los gastos administrativos de la misma.
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