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LA TERCERA

La trampa del fuero

«Asociar la institución del aforamiento a la impunidad del político es un insulto a los jueces, desmentido, además, por la experiencia. El aforamiento tiene efectos muy contraproducentes: remarca los perfiles de casta, aumenta el juicio público sobre el aforado y reduce los recursos contra su posible condena»

La Tercera de ABC

NIETO

Jesús Zarzalejos Nieto

El debate sobre el aforamiento de uno de los imputados en el caso de David Sánchez, provoca una cierta perplejidad por las ideas preconcebidas sobre lo que significa esta regla de competencia judicial. El aforamiento penal –también lo hay en el ámbito civil– es ... la sujeción de una persona investigada a un determinado tribunal colegiado, orgánicamente superior a aquel que le correspondería si se le aplicaran las normas generales de competencia. Se trata, en definitiva, de una regla especial de determinación del tribunal competente por razón de la función pública que desarrolla la persona investigada. La interpretación más adecuada de esta institución procesal es la que la configura como una garantía de la función pública, no como un privilegio de la persona. Sin embargo, resulta difícil mantener esta descripción apologética del aforamiento en aquellos casos en los que opera aun cuando el delito imputado al sujeto aforado nada tiene que ver con su cargo público, es decir, cuando no se trata de un delito funcional, sino particular. Tampoco ejerce fácilmente esta lógica tuitiva del aforamiento cuando los hechos investigados son anteriores a la adquisición de la condición de aforado, incluso cuando el proceso penal contra el sospechoso comienza antes de la generación del aforamiento.

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