TRIBUNA ABIERTA
Energías renovables sí, pero con evaluación de impacto ambiental
La Constitución consagra nuestro derecho a un medio ambiente adecuado y dispone que los poderes públicos velarán por la utilización racional de los recursos naturales

La evaluación de impacto ambiental es la herramienta de protección del medio ambiente que materializa el Principio de Prevención adoptado en 1992 en la Cumbre de la Tierra de Río de Janeiro. Gracias a ella los proyectos se modifican y se mejoran, previamente a su ejecución y puesta en marcha, con la participación de la ciudadanía, en beneficio del territorio, del medio ambiente y de la sociedad.
En los últimos tiempos en España proliferan los proyectos de energías renovables, fundamentalmente fotovoltaica y eólica, con gran potencial de impacto ambiental y social por su magnitud (miles de hectáreas) y ubicación (en el medio natural). Gracias a la evaluación de impacto ambiental estos proyectos se estaban autorizando después de un análisis técnico riguroso y tras un proceso de información pública y consulta a otras administraciones, por el que se introducen limitaciones, modificaciones y condicionantes de todo tipo, para mejorarlos hasta hacerlos viables. Esto no significa que se eviten los impactos, inherentes a toda actividad humana, y así debemos asumirlo individualmente y como sociedad. Pero conseguimos optimizar los proyectos, en términos de maximizar sus consecuencias positivas y de evitar, minimizar o al menos compensar los impactos negativos.
Pues bien, el pasado 28 de diciembre el Gobierno ha aprobado el Real Decreto-ley 20/2022 que introduce la posibilidad de eximir de evaluación de impacto ambiental a los proyectos de energías renovables, sin limitación de tamaño, con la única condición de no ubicarse en espacios naturales protegidos ni pertenecientes a la Red Natura 2000, ni en el medio marino. Esto implica que se podrán autorizar proyectos sin someterse a información pública y sin informes de otras administraciones que pueden ser de gran relevancia. Con ello se priva a la ciudadanía de su derecho a participar en los procesos de autorización de proyectos que les van a afectar por muchos años de manera directa o indirecta. Tengamos en cuenta que, de llevarse a cabo las previsiones del Gobierno, la superficie afectada por plantas fotovoltaicas de aquí a 2030 será equivalente a un tercio de la provincia de Guipúzcoa, con una vida útil de entre 25 y 40 años.
El artículo 45 de nuestra Constitución consagra nuestro derecho a un medio ambiente adecuado y dispone que los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente. Esto pasa indefectiblemente por que se sometan los proyectos de energías renovables a un riguroso proceso de evaluación de impacto ambiental. La pretendida reducción de plazos para la autorización de estos proyectos no debe ser a costa de menguar sus exigencias medioambientales. Nuestros hijos se lo merecen, pues son ellos los que van a verse privados de los beneficios de todo tipo que nos reportaría hacer las cosas bien y van a sufrir los errores que cometamos en estos tiempos revueltos.
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete