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Tercera

De quién son «nuestros» hijos

«Defender el modelo estatalista (inconstitucional) provoca que según quien ocupe el poder, así serán educados nuestros hijos. Quienes así piensan no han previsto que si existe un gobierno integrista religioso se apropie del derecho de educar a los niños en su fundamentalismo. El derecho a la educación es de los niños, la libertad de educación de los padres y la obligación de prestar los medios para ello, del Estado. No existe ni la libertad ni el derecho a la educación del Estado»

Francisco La Moneda Díaz

Nadie ha descubierto en estos días lo que desde hace siglos conocíamos sobradamente. La domenica potesta (del Derecho Romano) permitía que unas personas (los esclavos) fueran propiedad de otras (dueño), de cuyo estatus salían a través de la manumitio. En un elemental y básico recorrido ... histórico podremos comprobar cómo fue definitivamente superada ya esa fase hace demasiado tiempo. Es evidente que nadie ostenta la titularidad o propiedad de otra persona, pues cada persona tiene su propia «propiedad de sí misma», es decir, su dignidad como valor propio e intrínseco por el mero hecho de ser. Efectivamente, los hijos no son propiedad de los padres, por eso éstos no pueden eliminarlos ni antes ni después de nacer, porque el niño era y es el mismo ser con vida, antes y después del parto, lo que lo diferencia es (en román paladino) que simplemente ha atravesado una barrera carnal que llamamos vagina. De lo que sí son titulares los padres es la patria potestad durante su minoría de edad, que implica su representación legal, la responsabilidad sobre los mismos y respecto de terceros así como las obligaciones naturales que comportan su sostenimiento, educación y desarrollo como persona.

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