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Editorial ABC

Entre el respeto y la decepción

La sentencia deja claro que el problema se sitúa en la insuficiencia de la norma penal: el orden constitucional está penalmente indefenso ante los ataques del separatismo

ABC

Es innegable que la sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo sobre los acusados del «procés» ha decepcionado a amplios sectores de la opinión pública, que esperaban condenas por el delito de rebelión y largas penas de prisión para sus autores. La arrogancia e impunidad con las que Puigdemont, Junqueras y demás dirigentes del golpe separatista se condujeron en los meses de septiembre y octubre de 2017, unidas a la tardanza en la respuesta del Estado mediante la aplicación del artículo 155 de la Constitución, crearon un estado en los ciudadanos de intolerancia a cualquier reacción que no fuera ejemplar. Pero cuando el Estado pone un conflicto en manos de los jueces es para que lo resuelvan conforme a la legalidad vigente. Quien quiere soluciones políticas debe confiar en las instituciones políticas y ponerlas en funcionamiento. La expectativa de una condena por rebelión se ha visto sustituida por una condena por sedición y malversación de caudales públicos, explicada en una sentencia extensa, motivada y creadora de una doctrina imprescindible para futuros acontecimientos.

Es una sentencia que requiere lectura y respeto. La clave de la decisión ha sido la valoración de la violencia que exige el delito de rebelión. Para los siete magistrados de la Sala Segunda hubo violencia en el asedio a la Consejería de Economía el día 20 de septiembre de 2017; y hubo violencia el 1 de octubre de 2017 con la fuerza empleada por grupos de ciudadanos para impedir a la Policía Nacional y la Guardia Civil el cierre de locales electorales. Sin embargo, tal violencia, a juicio del tribunal, no fue «instrumental, funcional y preordenada de forma directa» para el logro de la independencia. Esta valoración del tribunal se enmarca en su independencia de criterio como un poder no político. El problema se sitúa en la insuficiencia de la norma penal, hasta el extremo de que se puede afirmar que el orden constitucional está penalmente indefenso ante los ataques del separatismo. Ataques que no tienen forma de guerrilla en los caminos, ni de asaltos armados a los edificios públicos, sino de leyes aprobadas en el Parlamento, decretos emanados del Gobierno, subvenciones millonarias para políticas desleales y competencias autonómicas ejercidas traidoramente. No hay que engañarse. La impunidad de la rebelión contra el Estado y desde el Estado tiene causas concretas. Principalmente fue la aceptación de la enmienda nacionalista que, en 1995, introdujo la violencia en el delito de rebelión, para dejar a salvo a los nacionalismos que gobernaban el País Vasco y Cataluña, por si algún día se les ocurría declarar la independencia en sus Parlamentos. Como así hicieron, con distintas apariencias.

La opción de convertir a la Sala Segunda del TS en diana de acusaciones es lo que quiere el nacionalismo separatista. Y así desviar el foco de la realidad y dividir a la sociedad. Y la realidad es que quien era vicepresidente de la Generalitat en 2017 hoy está condenado a trece años de prisión y otros tantos de inhabilitación, por sedición y malversación. Y quien entonces era presidenta del Parlament está condenada a once años y seis meses de prisión y otros tantos de inhabilitación, por sedición. Y, en fin, quien era presidente de la Generalitat hoy está pendiente de una euroorden de detención y entrega más factible que la del año pasado. Muchos ciudadanos esperaban más años de cárcel, pero cuando empezó este proceso separatista se daba por hecho que les saldría gratis. También por esto es importante que las condenas no se vean burladas con la aplicación de permisos y grados penitenciarios precipitados. La Sala Segunda emplaza al fiscal a que controle e impugne las decisiones ilegales que adopten las autoridades penitenciarias catalanas con los presos condenados.

Las instituciones democráticas deben tomar nota de que el Estado tiene que mejorar su defensa legal. ETA empezó a escribir su epílogo con la ley de Partidos Políticos, que a tantos españoles sensibles pareció un despropósito inconstitucional y una fuente de conflictos. Si realmente el PSOE, tras lo dicho ayer por Sánchez, va a mantener un discurso constitucionalista, no debe dudar en sumar votos con el PP y Cs para, a partir del 11 de noviembre, con el nuevo Parlamento, reformar el Código Penal y excluir la violencia como requisito del delito de rebelión y tener preparado un nuevo paquete de medidas al amparo del artículo 155 de la Constitución, porque el separatismo insiste en que hará otra vez lo mismo. El Estado no tiene tiempo que perder, no hace falta «esperar y ver» qué hace el separatismo, porque ya se sabe lo que ha hecho y hay que estar preparado.

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