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Reforma con olor a chavismo

El Gobierno ha aprobado un proyecto de reforma de la seguridad nacional en el que ni siquiera ha pulido las semejanzas de algunos artículos con la ley de excepción de Venezuela

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La reforma de la Ley de Seguridad Nacional de 2015 no ha comenzado aún su trámite parlamentario y ya está generando un intenso debate jurídico y político. No era para menos. Los antecedentes del Gobierno de Pedro Sánchez obligan a estar alerta por cualquier iniciativa ... legal que desemboque en un aumento de los poderes directos del Consejo de Ministros sin pasar por el Parlamento. Es cierto que el Ejecutivo tiene a favor, objetivamente, el ambiente creado por la pandemia, cuya coyuntura aprovecha para colar una reforma que permitirá al Consejo de Ministros imponer a los ciudadanos, en sus personas o bienes, obligaciones de cooperación frente a situaciones de amenaza o catástrofe. Dicho así, el mensaje fácil es que el Gobierno quiere combatir la próxima pandemia sin trabas de derechos fundamentales y de propiedad privada. No deja de ser un discurso peligroso por su corte demagógico. Por otro lado, no admite mucha oposición que todo Ejecutivo pueda, en las circunstancias previstas por la ley, adoptar decisiones rápidas y expeditivas para afrontar situaciones de crisis. Una idea formalmente correcta, sin embargo, no siempre da buenos resultados en la práctica. Por lo pronto, ya existe en España, al amparo de la Constitución y de la Ley Orgánica 4/1981, la posibilidad de que el Gobierno ordene el estado de alarma o solicite al Parlamento el estado de excepción o sitio. Por tanto, para que la reforma de la Ley de Seguridad Nacional no tenga el tufo intervencionista de las manos del Gobierno tiene que explicar muy bien para qué quiere reforzar al Consejo de Ministros –es decir, en la práctica, al jefe del Gobierno– con potestades presidencialistas que ahora pueden ejercerse con control jurisdiccional, constitucional y parlamentario.

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