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Editorial ABC

Artimañas contra el Supremo

Las acciones penales contra los acusados son previas a su elección como parlamentarios nacionales, lo que deja al suplicatorio sin el sentido que le atribuye la Constitución

ABC

La petición de suspensión del juicio por el 1-O que han dirigido a la Sala Segunda del Tribunal Supremo los acusados elegidos en las pasadas elecciones generales no tiene más finalidad que sembrar con nuevas trampas el camino que aún tienen que recorrer los siete magistrados que los juzgan. Los abogados de Junqueras, Romeva, Rull, Turull y Sànchez quieren que el Alto Tribunal no sólo deje en libertad a sus defendidos para que ejerzan libremente como parlamentarios, sino también pide a ambas Cámaras el suplicatorio para que pueda seguir juzgándolos. La solicitud es inaceptable desde el punto de vista jurídico y es una artimaña política a la que se prestan unas defensas letradas cada día más politizadas.

La situación procesal de los acusados es previa a las elecciones del 28-A y si decidieron concurrir como candidatos hallándose en prisión provisional, en pleno juicio oral y con la expectativa de una condena a largas penas de cárcel, el problema es de ellos, pero no del Tribunal Supremo. En plena época de críticas a los privilegios de los parlamentarios -como el de aforamiento- resulta que estos acusados reclaman para sí la inmunidad y el suplicatorio. Pues llegan tarde a una cosa y a otra.

El suplicatorio, es decir, la autorización que debe pedir un tribunal para proceder contra un parlamentario es previa al procesamiento o la imputación del diputado o senador. Junqueras y sus compañeros de banquillo fueron procesados antes de ser parlamentarios y ya están acusados. Por tanto, el suplicatorio estaría fuera de lugar. Además, el suplicatorio tiene como finalidad proteger las mayorías parlamentarias ya formadas frente a acciones penales que pretendan alterarlas de mala fe. No es el caso, porque las acciones penales contra los acusados son previas a su elección como parlamentarios nacionales, lo que deja al suplicatorio sin el sentido que le atribuye la Constitución. En todo caso, lo seguro es que nunca dejarían de ser juzgados por la Sala Segunda del Supremo, ante la que seguirían aforados.

La finalidad de este movimiento político, disfrazado de argumentación jurídica, es prefabricar excusas para acudir al Tribunal Constitucional, donde esperan hallar una «sensibilidad» distinta de la del Tribunal Supremo para sus peticiones de excarcelación. La vista puesta en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos es una constante de las defensas de los acusados, pero conviene no perder de vista el Tribunal Constitucional, donde algunos magistrados pueden recordar aquello de la toga manchada con «el polvo del camino»; eufemismo para justificar esa rebaja de tensión con el nacionalismo con la que tanto anhela el Gobierno de Pedro Sánchez, más ahora que ha puesto al frente del Senado a un socialista catalán defensor de los indultos a los acusados del 1-O si fueran condenados.

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