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La multa de 500 euros por dar marcha atrás: La DGT avisa de los únicos casos en los que está permitida

La DGT califica esta maniobra como una infracción muy grave y explica los casos concretos en los que se puede realizar

La marcha atrás está considerada una infracción grave que puede acarrear 500 euros de multa Adobe

C.B.

Aunque algunos lo desconozcan, la marcha atrás está prohibida por norma general y solo se permite «cuando no sea posible marchar hacia adelante ni cambiar de dirección o sentido de marcha y como maniobra complementaria de otras», según se detalla en el artículo ... 13 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial.

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