¿Cuál es la multa por tirar basura desde la ventanilla del coche?

La sanción por arrojar según qué objetos puede alcanzar las cuatro cifras e implicar la retirada de varios puntos del carnet de conducir

La sanción que te pueden poner por dormir en el coche o en una furgoneta

La multa de la DGT que puede evitarse con una sencilla notificación

F.Piñero

Sevilla

Debería ser una cuestión de sobra interiorizada, con independencia del lugar en el que uno se encuentre. No arrojar basura al suelo, sea del tipo que sea, debería ser una máxima personal para el buen funcionamiento de la sociedad y, en último término, el ... fruto de una buena educación cuando se es pequeño.

Sin embargo, la realidad es que se precisan acciones coercitivas para corregir lo que no son precisamente casos aislados, sobre todo cuando se va montado en un coche y basta con bajar la ventanilla para deshacerse de un residuo de una manera 'casi anónima'.

En la naturaleza, la basura tiene implicaciones más allá de la de invertir recursos en su recogida. Puede influir negativamente en la fauna y flora, provocar incendios o incluso accidentes de tráfico.

Algo tan 'inocente' como dejar comida, a priori biodegradable, puede tener consecuencias negras al ser un potencial atractivo para animales que, en un descuido, pueden resultar atropellados con el consiguiente problema de pérdida de control del vehículo para el conductor.

Este es el trasfondo que fundamenta una serie de sanciones económicas que llegan incluso hasta las cuatro cifras y a la retirada de varios puntos del carné.

El Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, que sienta las bases del Reglamento General de Circulación, recoge esta norma. No hace falta bucear mucho entre sus páginas, puesto que se muestra en el primer capítulo del Título I, relativo a las normas generales de comportamiento en la circulación.

Aunque no se especifica que sean específicamente residuos o basura, queda claro en el artículo 4.2, que «se prohíbe arrojar, depositar o abandonar sobre la vía objetos o materias que puedan entorpecer la libre circulación, parada o estacionamiento, hacerlos peligrosos o deteriorar aquélla o sus instalaciones, o producir en ella o en sus inmediaciones efectos que modifiquen las condiciones apropiadas para circular, parar o estacionar (artículo 10.2 del texto articulado)».

Del mismo modo, el artículo 4.6 ahonda también en la posibilidad de que se produzca fuego a causa de un desecho: «Se prohíbe arrojar a la vía o en sus inmediaciones cualquier objeto que pueda dar lugar a la producción de incendios o, en general, poner en peligro la seguridad vial».

Con todo este contexto, aquellas personas que lancen desde la ventanilla elementos susceptibles de encajar con cualquiera de las dos categorías previas se enfrentan a una multa que podría llegar a los 9.800 euros.

Si se trata de una infracción leve (tirar una lata, una botella de plástico vacía, una mascarilla...), la cuantía se moverá desde los 200 hasta los 3.800 euros, con la eliminación de 4 puntos del permiso de conducir.

Lanzar una colilla apagada entraría en este conjunto. Sin embargo, si esa colilla terminase originando un incendio la sanción no se quedaría ahí y podría ser la causa de entre 3 y 6 años de prisión.

Dejar lubricantes, productos abrasivos, desechos metálicos pesados o botellas, pero ya de cristal... daría pie a una infracción grave porque la presencia de estos elementos en la calzada podría motivar accidentes o pinchazos o, por otra parte, deterioraría el estado de la carretera. Por ello, la multa se dispararía hasta los 3.800 euros. Y eso en el mejor de los casos, pues en el extremo más elevado la sanción llegaría a los citados 9.800 euros.

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