Todos los vehículos a motor deben tener contratado un seguro según la ley, algo de lo que está al corriente la mayoría de usuarios de nuestras carreteras. Sin embargo, algunos de ellos deben contar no con uno, sino con dos seguros.
Se trata, eso ... sí, de casos muy concretos, como recuerda la Dirección General de Tráfico (DGT). Se trata de aquellos vehículos que llevan un remolque o caravana cuya Masa Máxima Autorizada (MMA) supere los 750 kilos.
Los conductores que se encuentren en esta circunstancia deberán tener un permiso de circulación propio para dicho remolque, además de una matrícula específica de color rojo y, claro está, un seguro obligatorio independiente del que se tenga contratado para el vehículo tractor.
Permiso de conducir para estos remolques
Además de esta doble cobertura de seguros, aquellos usuarios que circulen con un remolque de más de 750 kilos han de llevar consigo un permiso específico, el B96. No es un carnet de conducir como tal, pero es una autorización necesaria para poder conducir todos aquellos vehículos que tengan una MMA con un tonelaje entre el anteriormente citado y los 4.250 kilos.
Para obtener dicho permiso no hace falta realizar un examen teórico ni dar clases, pero sí hay que superar dos pruebas prácticas: una de maniobras en circuito cerrado y otra de circulación en un circuito abierto.
Cabe destacar que esta condición solo deben reunirla los conductores de vehículos con remolques no ligeros. Los que lleven remolques ligeros, es decir, de 750 kilos o menos, solo requieren el permiso B.
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