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Siete infracciones de tráfico castigadas con cárcel

Existen multitud de multas de tráfico conocidas por los conductores, pero ¿conocemos sus sanciones y su gravedad?

ABC MOTOR

Existen multitud de multas de tráfico conocidas por los conductores, como son las referentes a excesos de velocidad, consumo de alcohol y drogas al volante, uso del cinturón de seguridad, utilizar el teléfono móvil mientras conducimos, saltarse un semáforo en rojo, aparcar en zonas prohibidas… Pero seguro que muchos desconocen que, por la mayoría de ellas, puedes terminar durmiendo en el calabozo . Y, quizás, demasiadas noches.

Desde Coches.com han consultado el código penal (Actualizado a 10/05/2018) y nos recuerdan las infracciones de tráfico que podrían conllevar penas de prisión :

- Por exceso de velocidad : Dicho artículo, indica la pena de prisión de tres a seis meses o por consiguiente, una multa de seis a doce meses o la realización de trabajos comunitarios de treinta y uno a noventa días, a todos aquellos conductores que con su vehículo circulasen a una velocidad en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana por encima de la permitida. Independientemente de la pena aplicada, se procederá a la privación del derecho a conducir por un tiempo que oscila entre uno y cuatro años.

- Por consumo de alcohol y/o drogas : En el caso del consumo de alcohol, serán aplicables las mismas penas que por exceso de velocidad, constituyendo una infracción muy grave circular con una tasa de alcohol en aire espirado de más de 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro. En cuanto a la conducción bajo el efecto de las drogas, el código penal no hace distinción entre las mismas, siendo criterio del agente de tráfico decidir si se aplica una pena de cárcel por ello.

- Por conducción temeraria : Conducir de forma temeraria poniendo en peligro la vida o la integridad de las personas está castigado con penas de prisión que van desde los seis meses hasta los dos años de cárcel. Así mismo, se procederá a la privación del derecho a conducir por un tiempo que oscila entre los uno y los seis años.

- Por conducción temeraria con manifiesto desprecio por la vida de los demás : El código penal hace un inciso sobre el artículo 380, para castigar con penas de prisión de dos a cinco años, multas de doce a veinticuatro meses y la privación del derecho a conducir de los seis a diez años, a todos aquellos que conduzcan con temeridad con un desprecio por la vida de las demás personas.

- Por negarse a someterse a las pruebas de alcoholemia y drogas : Negarse a la realización de estas pruebas conllevará la pena inmediata de prisión de seis meses a un año. Contemplándose también la privación del derecho a conducir por un tiempo superior a un año y hasta cuatro años.

- Por conducir con un permiso sin vigencia o sin puntos : Las penas de prisión aplicables en estos casos son de tres a seis meses, una multa de doce a veinticuatro meses o la realización de trabajos comunitarios de treinta y uno a noventa días. Se aplicarán las mismas penas a aquellos que condujesen sin tener permiso de conducir.

- Por originar riesgos para la circulación de las siguientes maneras : Suponen penas de prisión de seis meses a dos años, multa de doce a veinticuatro meses, o trabajos para la comunidad de diez a cuarenta días por hacer alguna de estas dos cosas: Colocar obstáculos imprevisibles en la vía, derramar sustancias peligrosas y sustraer o anular la señalización de la vía; o no restablecer la seguridad de la vía cuando haya obligación de hacerlo.

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