Los motivos por los que la DGT puede verse obligada a devolverte los puntos del carnet de conducir si reclamas
Atento porque más de un millón de conductores españoles pueden beneficiarse tras la sentencia en firme en Burgos
El caso por el que se sienta precedente para proceder a la reclamación de los puntos
Guardias Civiles, en un control
La sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo número 2 de Burgos por el que la DGT deberá devolverle los puntos a un camionero sienta un precedente en cuanto a las devoluciones de multas reclamadas se refiere.
Tras el caso de Castilla y León, la organización ... Automovilistas Europeos Asociados (AEA) calcula que alrededor de 1.500.000 conductores pueden correr la misma suerte si reclaman aquellas sanciones que cumplan con los requisitos contemplados en esta sentencia.
¿Qué sanciones se pueden reclamar?
La Dirección General de Tráfico (DGT) deberá devolver los puntos restados del carnet a los conductores cuando una sanción económica que conlleve una pérdida de los mismos sea anulada por Hacienda.
Es el caso del citado conductor de Burgos, a quien la DGT deberá devolver los puntos retirados después de que el Tribunal Económico-Administrativo regional, que depende de del Ministerio de Hacienda, le anulara la parte económica de las sanciones impuestas.
¿Por qué? Porque el organismo consideró que no habían sido correctamente notificadas debido a que se remitieron a un domicilio distinto al de la persona afectada.
El Tribunal reconoce que su competencia se limita a la parte económica de la sanción, pero entiende igualmente que «si un órgano del Estado ha considerado que la notificación realizada en ese expediente no estaba correctamente hecha», afecta tanto a la parte monetaria como a la de los puntos del carnet porque «no pueden llevar recorridos distintos: la resolución sancionadora es única y no podría entenderse no notificada para una cosa y sí para la otra».
Es decir, si Hacienda anula una multa porque fue notificada de manera incorrecta, también se contempla error en la notificación de los puntos detraídos del carnet, lo que debe anular sendas sanciones.
La AEA aplaude la sentencia
El presidente de la AEA, Mario Arnaldo, ha defendido que «no puede ser» que Hacienda anule la parte económica de una multa y, sin embargo, la DGT mantenga la detracción de los puntos.
«Esta sentencia supone un importantísimo precedente jurídico (...) A partir de ahora, si una multa no está bien notificada no solo hay que anular la parte económica de la sanción, sino también la de los puntos que la acompaña», ha agregado Arnaldo.
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