La Junta Electoral permite la celebración de la Champions por «no afectar al proceso electoral»
Así responde a la consulta realizada por la Delegación del Gobierno de Madrid
m. j. álvarez
Sí habrá celebración de la Champions League. Así lo ha acordado la Junta Electoral Provincial (JEP)en respuesta a la consulta realizada por la Delegación del Gobierno de Madrid sobre los actos de celebración en las jornadas de reflexión y votación, los días 24 y ... 25 de mayo, por los clubes de fútbol Real Madrid y Atlético de Madrid.
Así, establece que el próximo sábado, día del partido entre ambos equipos, sobre las 19.00 horas, el Real Madrid y el Atlético de Madrid abren sus estadios para que la afición pueda seguir el partido desde pantallas instaladas en los mismos.
Si gana el Atlético de Madrid, los actos de celebración serían el lunes, día 26, «por lo que éstos no afectarían en modo alguno al proceso electoral».
En el caso de que el vencedor sea el Madrid, el día 25, y en hora aún por determinar, la delegación del equipo llegará al aeropuerto Adolfo Suárez de madrugada. Del aeropuerto el equipo se trasladará al estadio Santiago Bernabéu y de ahí a la plaza de La Cibeles.
Entre las 20.15 y las 20.30 horas de esta jornada está prevista la salida de la Ciudad Deportiva del Real Madrid en autobús cerrado para dirigirse, en primer lugar, al Ayuntamiento de Madrid y de ahí a la Puerta del Sol, sede de la Comunidad de Madrid.
El acto será interior, por lo que no se saldrá a los balcones de ninguna de las dos instituciones. Posteriormente irán al estadio Santiago Bernabéu, donde se ofrecerá la copa a los aficionados. La llegada al estadio está prevista entre las 21.30 y las 21.45 horas del domingo.
La JEP, de acuerdo con el artículo 54.1 de la LOREG, tiene encomendado el derecho de reunión durante el proceso electoral. En este sentido, la JEP «nada tiene que objetar en cuanto a la apertura de los estadios de los clubes de fútbol el día del partido, al tratarse de recintos cerrados y privados, con las consiguientes medidas de seguridad externa e interna que en su caso adopten los clubes y la autoridad gubernativa». Lo mismo puede decirse de la celebración del Atlético de Madrid el día 26.
En cuanto a la posible celebración del Madrid, el día 25, el desplazamiento a La Cibeles desde el estadio Santiago Bernabéu, «no afecta al desarrollo ni de la jornada de reflexión ni al inicio de la votación».
Fin de los actos del Madrid: 4.30
Así, la JEP entiende que ante la ausencia de actos oficiales del club, pospuesto para el día siguiente, la mera comparecencia del equipo en el lugar referido y el ofrecimiento simbólico a La Cibeles, «que debe finalizar no más allá de las 04.30 horas, no afecta a la posible distribución de elementos materiales, organización y apertura de los colegios electorales, sin perjuicio de las competencias propias de orden público de la autoridad gubernativa».
La posible celebración de la tarde-noche de ese día 25 se iniciaría una vez cerrados los colegios electorales, a partir de las 20.30 horas, sin que por tanto afecte al proceso electoral y a la votación ya producida con un desplazamiento del equipo y directivos, desde la ciudad deportiva en autobús cerrado al Ayuntamiento y Comunidad de Madrid, con actos en el interior, sin salida a los balcones, y el posterior desplazamiento de la comitiva al estadio Santiago Bernabéu.
La Junta Electoral permite la celebración de la Champions por «no afectar al proceso electoral»
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