Javier Gómez de Liaño
¡Oh qué tiempos, don Cándido!
Que el Tribunal Constitucional hiciera trizas aquella sentencia del tribunal de la Audiencia Provincial de Sevilla y la del Tribunal Supremo que la confirmó, con el argumento de haber vulnerado garantías jurídicas de los recurrentes, es la mejor prueba de que aquellas sentencias se pronunciaron por puro voluntarismo