Ley Antitabaco

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Bodas, bautizos y comuniones
 
Ningún grupo parlamentario ha presentado enmiendas para considerar estas celebraciones una excepción, tal y como pedían los hosteleros.

La entrega de cigarros o cigarrillos provistos de capa natural está permitida, pero no podrá fumarse en bodas, bautizos, comuniones o cualquier
celebración si esta se lleva a cabo fuera de salas para fumadores, donde, además, no podrán entrar niños.

Ningún grupo parlamentario ha presentado enmiendas para considerar estas celebraciones una excepción, tal y como pedían los hosteleros.

En la práctica, este artículo impedirá fumar en este tipo de festejos, ya que muy pocos establecimientos podrán disponer de superficies completamente aisladas donde dar cabida al número de invitados que se suelen congregar en ellos. La ley establece que en los restaurantes donde el propietario permita el tabaco se podrán habilitar salas, pero no podrán tener una superficie mayor que un 30% de todo el establecimiento.

Además, fija para ellas un límite máximo de 300 metros cuadrados. Para llegar a esa superficie, el establecimiento tendría que contar con, al menos, mil metros cuadrados útiles en total y abiertos a los clientes. Esto sólo ocurre en pocos negocios especializados, que tampoco disponen de sitios al aire libre habilitados para estas celebraciones.