Varón o mujer, será el Heredero
 

 

TEXTO: Blanca Torquemada/

La sociedad lo demanda y la puesta al día de las normas de sucesión de la Corona es inminente. Se eliminará la preferencia del varón sobre la mujer, una tradición de la Monarquía española desde Las Partidas de Alfonso X el Sabio recogida por la Constitución de 1978. El problema es la rigidez de la Carta Magna, pues para modificar cualesquiera de los postulados recogidos en el Título II de la Constitución (como es el caso), según el Título X, es necesario disolver las Cortes y convocar nuevas elecciones generales. Por eso surgen dudas: ¿Cuándo ha de hacerse (estamos casi al principio de la VIII Legislatura, tan sólo ha transcurrido un año) y qué inconvenientes pueden salir al paso? Repasemos posibilidades.

NACE UN VARÓN. En ese caso no se plantea problema, pues tanto con la normativa vigente como con la modificación prevista, el Infante estaría llamado a ser Rey. Sin embargo, el cambio constitucional no se aplazará o se relegará por ello. Es seguro (y así está previsto) que en la próxima legislatura ya estará recogida la igualdad de sexos en la sucesión de la Corona.

NACE UNA MUJER. Si los Príncipes tienen una niña, se colocará en el segundo lugar de la línea sucesoria (por detrás de Don Felipe) exactamente igual que si fuera varón, pues la norma española no es Ley Sálica, la que históricamente ha impedido reinar a las mujeres en las Monarquías europeas. Mientras la hija de Don Felipe y Doña Letizia no tenga hermanos no hay motivo de inquietud. El problema surgiría si los Príncipes de Asturias tienen un segundo hijo varón, después de una mujer, y llegado ese momento no se ha modificado la Constitución.

En tal caso, puede plantearse el problema jurídico de que ese cambio tendría unos efectos retroactivos, lesivos para unos eventuales derechos adquiridos de ese niño como futuro Heredero. Por ello, según las fuentes consultadas por ABC, es seguro que en ningún caso se dará lugar a esta situación. La voluntad es actuar antes y atajar especulaciones. En la trastienda está la preocupación de que una norma con efectos retroactivos puede llevar a plantear por qué está llamado a ser Rey el Príncipe de Asturias y no la Infanta Elena, que es la primogénita de Don Juan Carlos y Doña Sofía. Sin embargo, no todos los especialistas ven tan grave esa hipotética cuestión.

Sentido común

Según Gregorio Peces -Barba, rector de la Universidad Rey Juan Carlos, «es de sentido común que al estar planteada previamente la voluntad de llevar la reforma a cabo, no tiene tanta importancia que el cambio se concrete formalmente a posteriori. Correspondería en ese caso actuar con lo que se llama «un velo de ignorancia sobre los intereses prácticos», de modo que no sería una norma con «carácter retroactivo», sino un mero cambio de legislación». Pedro González-Trevijano, rector de la Universidad Rey Juan Carlos, considera que «la irretroactividad sólo está completamente proscrita en el ámbito penal, pero éste no es el presente caso (artículo 9. 3 de la Constitución de 1978). Se podría hacer porque se corresponde con la demanda social y no hay impedimento jurídico». Sin afectar, por supuesto, a los derechos de Don Felipe, pues, para el catedrático de Derecho Constitucional de la UNED Antonio Torres del Moral, «el fin superior de la igualdad justificaría la reforma y no incidiría del mismo modo en esos hijos menores que en el Príncipe de Asturias, quien ocupa una posición consolidada porque, al llegar a la mayoría de edad, fue ratificado como Heredero por las Cortes».