El último chat de narcos desmantelado por Europol tiene 500 usuarios en España
La caída de Matrix puede apuntalar otra cascada de causas antidroga y antimafia, como ocurrió con Encrochat
Madrid
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesiónMatrix, el sistema de comunicaciones encriptadas que desmanteló una operación de Europol iniciada por Países Bajos y Francia a principios de este mes, tiene medio millar de usuarios conectados en España, según informan a ABC fuentes de la lucha antidroga, que observan con atención el ... desarrollo del análisis las conversaciones intervenidas ante la perspectiva de que ayuden a esclarecer investigaciones en curso o a desmantelar organizaciones criminales con actividad en territorio nacional. Son dos las causas abiertas ya en los juzgados centrales de instrucción de la Audiencia Nacional.
Este heredero de los derrocados Encrochat y Sky ECC operaba con una plataforma técnicamente más compleja que las de sus predecesores y a la que sólo se podía acceder con invitación. Contaba con más de 40 servidores repartidos por distintos países de la Unión Europea, aunque los más relevantes se detectaron en Alemania y Francia. Después de tres meses con el servicio pinchado, se intervinieron y descifraron más de 2,3 millones de mensajes en 33 idiomas de todo tipo de delincuentes, aunque predominan las conversaciones sobre tráfico de drogas y de armas y blanqueo de capitales.
La investigación nació en Países Bajos cuando la Policía holandesa reparó en el teléfono que utilizaba uno de los cuatro individuos condenados por el asesinato del célebre periodista de investigación Peter R. de Vries, que fue tiroteado en pleno centro de Ámsterdam en julio de 2021. A partir de ese terminal, los investigadores descubrieron Matrix, una red «creada por delincuentes para delincuentes», como lo describe Europol, y pusieron la primera piedra de lo que sería una investigación a gran escala en colaboración con la Gendarmería francesa.
La Audiencia Nacional avala por primera vez el chat de los narcos como prueba con el criterio del TJUE
Isabel VegaDescarta abusos en el modo en que las autoridades españolas recibieron los indicios de Encrochat para una causa de narcotráfico
El pasado junio se creó un Grupo de Trabajo Operativo (OTF) que integraban junto a ellos también Lituania, Italia y España para monitorizar la red. La operación explotó simultáneamente en cuatro países, con detenciones, registros y bloqueo de servidores. En Marbella (Málaga) se produjo la más llamativa. La Policía Nacional detuvo a dos individuos e incautó 974 teléfonos, 145.000 euros en efectivo y medio millón en criptomonedas al irrumpir en un taller que preparaba los dispositivos móviles para Matrix.
La propia Europol se encargó de avisar a los usuarios publicando una página web que alertaba de que no cejaría en su empeño de perseguir la delincuencia también a través de este tipo de sistemas para los que los distintos países han tenido que adaptar su forma de trabajar o incluso su normativa. Recientemente, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) avaló el modo en que los Estados miembro venían compartiendo los datos de Encrochat: a partir de ordenes europeas de investigación emitidas por los fiscales para recabar los datos a las fuerzas policiales que los hubieran interceptado.
En España, pese a la pluralidad de recursos de afectados por este tipo de intervención de comunicaciones, los tribunales van dando la razón a las Fuerzas de Seguridad y la Fiscalía Antidroga. La primera sentencia que validó Encrochat como prueba fue, como desveló ABC, la dictada en la Audiencia Provincial de Cádiz contra el denominado Clan de los Castaña, una causa donde las pesquisas se vieron reforzadas por hallazgos de comunicaciones intervenidas en Francia cuando cayó ese sistema.
No menoscaba la soberanía nacional
En la Audiencia Nacional, la Sala de Apelación se acaba de pronunciar por vez primera sobre este asunto al ratificar una sentencia con condenas que superan los diez años de cárcel y multas de 14 millones de euros para un grupo de individuos sentenciados por delitos contra la salud pública cometidos en el seno de organización criminal que operaban en Cataluña.
En la resolución, a la que tuvo acceso este diario, los magistrados razonan que la intervención de estas conversaciones no se rige por las normas que regulan su interceptación en España, sino por la relativa a la utilización de información obtenida en procedimientos distintos y los hallazgos casuales. Empezando por ahí, ya descartan que sea ilegal su uso sólo porque el pinchazo telefónico no se haya autorizado por un juez español antes de realizarse.
Además, en este caso y como ocurría con los Castaña, «las conversaciones obtenidas en Francia se suman a previas informaciones vecinales y a la investigación española propiamente dicha, ya en marcha con antelación». Es decir, apuntalan un trabajo realizado con garantías, no lo desencadenan.
Hay un argumento más, frente a las alegaciones de los recurrentes: «Ni se ha inobservado la soberanía española, ni se ha menoscabado el nivel garantizado de protección respecto de las interceptaciones telecomunicativas del Estado receptor, dado que, por un lado, España pudo ejercer su facultad discrecional para oponerse a la interceptación tras la recepción de la notificación -cosa que no hizo- y por otro, al momento de decidir sobre el uso concreto de los datos conocidos a fin de perseguir delitos, porque el juez o tribunal puede invalidarlos si vulneraran derechos fundamentales» y, conforme detalla esa sentencia, no ha ocurrido.
Límite de sesiones alcanzadas
- El acceso al contenido Premium está abierto por cortesía del establecimiento donde te encuentras, pero ahora mismo hay demasiados usuarios conectados a la vez. Por favor, inténtalo pasados unos minutos.
Has superado el límite de sesiones
- Sólo puedes tener tres sesiones iniciadas a la vez. Hemos cerrado la sesión más antigua para que sigas navegando sin límites en el resto.
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesiónEsta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete