Sánchez coloca a su mejor peón al frente del consejo asesor del Tribunal Europeo de Derechos Humanos
Luis López Guerra, excargo del PSOE, fue nombrado presidente de este órgano del TEDH en junio y con discreción
La jueza española en este órgano de la UE no es permeable a presiones políticas
El TEDH admite los recursos de los condenados por el 'procés' y revisará la sentencia del Supremo
Ana I. Sánchez y Enrique Serbeto
Madrid / Bruselas
El polémico juez y exalto cargo socialista Luis López Guerra fue nombrado el pasado 23 de junio presidente del consejo asesor del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), aunque la designación ha transcurrido con la máxima discreción y no ha trascendido hasta ahora. ... El citado órgano tiene la función de seleccionar a los jueces que deben formar parte del Tribunal, en representación de los distintos países que lo conforman.
El Gobierno socialista situó a López Guerra como miembro de este consejo en el año 2020. Ahora, como presidente, el magistrado que fue clave en condenar la «doctrina Parot» tendrá una vía abierta para interlocutar con los magistrados del Tribunal de Derechos Humanos en un momento en que esta corte tiene sobre la mesa varios recursos presentados por los independentistas catalanes, socios de Pedro Sánchez, contra España.
«En sus resoluciones, el Tribunal Europeo de Derechos tiene muy en cuenta la posición del magistrado del país afectado», destaca un miembro del Consejo de Europa, al que pertenece el tribunal. Por ello, el que Guerra tenga la posibilidad de interlocutar con los magistrados de la citada corte es importante para el Gobierno de Sánchez, ya que se da la circunstancia de que la representación de España la ejerce la jueza María Elósegui, de perfil técnico e independiente. «No es una jueza que vaya a prestarse a enjuagues políticos aunque haya presiones del Gobierno», resaltan las citadas fuentes.
Elósegui fue nombrada en enero de 2018 para sustituir precisamente a López Guerra por caducidad de su mandato en el tribunal. Esta jurista fue seleccionada frente a otros dos juristas propuestos por el Ejecutivo de Mariano Rajoy, en medio de una pugna entre la entonces vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría, y el ministro de Exteriores, José Manuel García-Margallo. La primera había respaldado al expresidente del Tribunal Constitucional Francisco Pérez de los Cobos mientras el segundo había abanderado a José Martín y Pérez de Nanclares, jefe de la asesoría jurídica del ministerio. Pero Elósegui, catedrática de Filosofía del Derecho de la Universidad de Zaragoza, logró mayor respaldo.
Justo esta semana el citado tribunal ha admitido a trámite la causa que le presentaron los nueve indultados por el referéndum ilegal del 1-O, en la que acusan a España de vulnerar sus derechos humanos por ser juzgados y condenados. Una condena a nuestro país jugaría a favor del relato actual de Sánchez respecto a que los hechos del 'procés' no debieron judicializarse y que, por tanto, procede buscar una fórmula para amnistiar a los encausados por delitos relacionados con aquel golpe.
Como es habitual, el TEDH ha comenzado pidiendo a las autoridades españolas que informen sobre su punto de vista a los jueces que van a tratar el caso lo que, en estos momentos, es especialmente pertinente. No hay que olvidar que entre la decisión del Supremo y la citada demanda ha habido no solo cambios en el Código Penal sino también en la posición política del propio Gobierno, que ahora negocia conceder una amnistía a los implicados en el 'procés'. El Ejecutivo debe comunicar su versión a los jueces de Estrasburgo en los próximos días.
Arma política
Los independentistas vienen utilizando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo como uno de los mecanismos más importantes de su estrategia para hostigar al Estado. En la actualidad, además del ya citado, hay no menos de catorce casos pendientes, muchos de los cuales todavía pendientes de su admisibilidad, pero todos planteados con el mismo objetivo.
Los casos están agrupados por referirse a asuntos similares, en tres tipos de demandas: las que se refieren a las reclamaciones por supuestas violaciones de los derechos políticos de los independentistas, que son los que ha interpuesto la mayoría de los condenados por el Tribunal Supremo por los hechos de octubre de 2017; los que se refieren a reclamaciones sobre lo que consideran violaciones de sus derechos electorales que tienen que ver con el hecho de que varios de los que estaban en prisión preventiva pudieron presentarse a distintas elecciones pero no se les permitió salir de prisión para asumir el cargo electo; y un tercer grupo en el que se acumulan denuncias de políticos catalanes contra las decisiones del Tribunal Constitucional que limitaban las actividades del Parlamento de Cataluña al marco legal.
La mayor parte de estas denuncias no tienen como objetivo resarcir esas reclamaciones individuales, sino sobre todo obtener condenas contra el Estado, para poder utilizarlas políticamente en su favor, a pesar de que España está entre los países que reciben menos condenas por parte del Tribunal de Derechos Humanos. Sin embargo, en aquellas sentencias en las que los jueces han tomado decisiones especialmente nocivas para los intereses de España en asuntos como la lucha contra el terrorismo, como fue la condena de la llamada «doctrina Parot», lo que obligó al Tribunal Constitucional a invalidarla. En este caso, la intervención de López Guerra en el TEDH fue esencial.
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