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La mayoría progresista del Constitucional rechaza apartar a Espejel para salvar la votación sobre el aborto

Le obligan a participar en las deliberaciones para evitar que arrastre a los otros tres contaminados

Justifican su decisión con el argumento de que exteriorizó su criterio jurídico «hace doce años»

Pleno del Tribunal Constitucional presidido por Conde-Pumpido ignacio gil
Nati Villanueva

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La mayoría progresista del Tribunal Constitucionalha rechazado este martes la abstención de la magistrada de perfil conservadorConcepción Espejel en el debate de la ley del aborto aprobada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero en 2010. Espejel había pedido apartarse de este asunto al haber participado como vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en el informe al anteproyecto de la ley de plazos y haber formado, por tanto, criterio sobre el asunto.

La decisión de los siete progresistas implica que la magistrada, que ve mermada su propia imparcialidad, tendrá que estar presente en las deliberaciones sobre la ley de plazos. Pero también que la mayoría se blinda ante las recusaciones de cuatro miembros del Tribunal Constitucional que todavía no se han abordado pero que se basan en los mismos motivos por los que Espejel se abstiene y que, de haberse aceptado, les habría arrastrado a ellos.

Y es que cinco de los diputados del Grupo Popular que interpusieron el recurso de inconstitucionalidad contra la ley del aborto hace ya trece años, han pedido que se aparten, además de Espejel, el presidente, Cándido Conde-Pumpido, y los también progresistas Juan Carlos Campo e Inmaculada Montalbán.

Como informó ABC, los cuatro incurren en la causa de abstención o, en su caso, recusación, del artículo 219.6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial: haber emitido dictamen sobre pleito o causa como letrado o intervenido en él como fiscal, perito o testigo. Conde-Pumpido lo hizo desde el Consejo Fiscal como fiscal general del Estado y elevó al Gobierno, junto con los vocales de la UPF, un informe paralelo al de la mayoría conservadora de ese órgano. Campo, por su parte, era número dos de Justicia (con Caamaño como ministro) cuando participó en la Comisión de Secretarios y Subsecretarios de Estado que elevó el anteproyecto al Consejo de Ministros. Por último, Montalbán está exactamente en la misma situación de Espejel, pues ambas coincidieron como vocales del CGPJ que elaboró el informe no vinculante sobre el anteproyecto de ley. La primera fue propuesta por el PSOE; la segunda, por el PP.

En su justificación para rechazar la abstención de Espejel, una decisión sobre la que han anunciado voto particular tres magistrados conservadores, la mayoría intenta restar validez a la opinión que el órgano de gobierno de los jueces emitió en 2009. «Los trabajos preparatorios del informe no vinculante solicitado por el Gobierno al Consejo General del Poder Judicial no dieron lugar a la aprobación de dictamen alguno, por lo que su contenido no fue trasladado al Gobierno», sostienen. Junto a este punto, fundamentan su rechazo a la abstención de Espejel en otras tres «consideraciones» que se apoyan «en jurisprudencia del Tribunal Constitucional y en las particularidades del caso».

La primera es que la abstención ha sido presentada «en un proceso de control abstracto de constitucionalidad de la ley», que no es un proceso de partes en el que se ventilen intereses particulares. La segunda es que el objeto del recurso de inconstitucionalidad sobre el que ha de deliberar el Pleno «no coincide con el del anteproyecto de ley sobre el que se recabó el informe del CGPJ». Y la tercera es que la solicitud de recusación se vincula «a la exteriorización de un criterio jurídico que fue expresado hace más de doce años». En lo que parece un adelanto a su postura ante las recusaciones promovidas contra ellos que tendrá que examinar hoy el Pleno, sostienen que es «habitual» que los magistrados en algún momento de su dilatada trayectoria profesional se hayan pronunciado sobre distintos asuntos. «Los magistrados del Tribunal Constitucional son elegidos entre juristas de reconocido prestigio con más de 15 años de ejercicio profesional (...) y no les inhabilita para ejercer su función en este tipo de procesos constitucionales», argumentan.

Fuentes del Tribunal Constitucional tildan de «escandaloso» el rechazo a la abstención de Espejel, de lo que no se recuerdan precedentes en el tribunal

El Pleno no llega a hablar de quorum, pero lo cierto es que aceptar la abstención de Espejel habría implicado un «efecto dominó» sobre el resto de recusados, de forma que el Pleno se quedaría con siete miembros, uno menos de los legalmente exigidos para poder reunirse y deliberar. Bien es verdad que la vacante de la plaza de Alfredo Montoya (quien salió el tribunal por razones de salud en julio pasado) complica las cosas: si esa vacante estuviera cubierta, el hecho de que estos cuatro magistrados contaminados se ausentaran permitiría resolver el recurso sin mayor problema pues el Pleno contaría con ocho miembros.

Fuentes del Constitucional tildan de «escandaloso» el rechazo a la abstención de Espejel, algo de lo que no se recuerdan precedentes en el tribunal. Tanto Conde-Pumpido como Antonio Narváez se abstuvieron de los asuntos del ‘procés’ antes de que se llevaran a pleno sus recusaciones; y en los dos Plenos jurisdiccionales que lleva el actual TC se han aceptado sin problema las abstenciones de Campo y Díez en todos los asuntos en los que los interesados las han solicitado. En unos casos por la relación del exministro de Justicia con la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, partícipe de algunas decisiones cuestionadas. En otros por su condición de miembro del Gobierno de Sánchez, del que salieron las leyes recurridas. Precisamente ayer el Pleno aceptó siete abstenciones de Campo, entre ellas las relacionadas con recursos del diputado popular Casero, el escaño de Alberto Rodríguez, fórmulas de acatamiento en el Congreso o leyes del Ejecutivo de Sánchez.

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