Parlamento Europeo
La portavoz socialista oculta que la ley de amnistía solo excluye los delitos de terrorismo con «sentencia firme»
Iratxe García acusa en falso al líder del PP europeo de «mentir» al hacer una lectura sesgada de la norma en tramitación
Sigue en directo el debate sobre la amnistía en el Parlamento Europeo
El Supremo tumba la justificación del fiscal general del Estado para el ascenso de Delgado
El prófugo Carles Puigdemont, este miércoles en Estrasburgo
La presidenta del Grupo de los Socialistas y Demócratas del Parlamento Europeo, la socialista española Iratxe García, ha acusado este miércoles de «mentir» a su homólogo del Grupo Popular Europeo, el alemán Manfred Weber, por afirmar en una entrevista que no hay precedentes ... en Europa de amnistías a delitos de terrorismo. La dirigente socialista ha leído una parte de las causas de exclusión de la amnistía que el PSOE legisla para los encausados del 'procés', en la que ha ocultado que solo quedan fuera de la ley los delitos de terrorismo «cuando haya recaído sentencia firme».
En el debate sobre el Estado de derecho en España en el pleno del Parlamento Europeo, que se desarrolla este miércoles en Estrasburgo (Francia), Weber se ha vuelto a mostrar crítico con la amnistía, como hizo el fin de semana en una entrevista en 'El Español', donde afirmó: «Amnistía a delitos de terrorismo no se ha visto en Europa. La Unión Europea tiene que actuar ya».
Según García, que ha reproducido los argumentos del Gobierno español para defender ahora la amnistía —antes de las elecciones generales del 23 de julio decía que era «claramente inconstitucional»—, esas palabras de Weber faltaban a la verdad. «Señor Weber, mentir no está bien y usted ha mentido», ha dicho.
«Le leo literalmente el artículo 2, apartado C de la ley de amnistía: "Quedan excluidos de la aplicación de la amnistía prevista en el artículo 1 los actos tipificados como delitos de terrorismo castigados en el Código Penal". A partir de ahora cualquier afirmación en este sentido estará demostrando que miente sin pudor», ha afirmado García, ante el Pleno de la Eurocámara.
Una lectura sesgada
No obstante, esa lectura del apartado C del artículo 2 de la ley de amnistía distaba mucho de ser literal y, sobre todo, completa. Dicho precepto dice lo siguiente, en el apartado de exclusiones de la norma: «Los actos tipificados como delitos de terrorismo castigados en el Capítulo VII del Título XXII del Libro II del Código Penal siempre y cuando haya sentencia firme y hayan consistido en alguna de las conductas descritas en el artículo 3 de la Directiva (UE) 2017/541 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de marzo de 2017».
En otras palabras, al excluir del ámbito de aplicación de la ley los delitos de terrorismo «cuando haya sentencia firme», de facto se está dejando fuera de la norma todas las causas abiertas al respecto, porque no hay en el 'procés' ninguna sentencia firme por terrorismo. Los autodenominados Comitès de Defensa de la República (CDR) están procesados por terrorismo y Tsunami Democràtic, investigado. No hay sentencia firme en ningún caso y, por tanto, estos grupos también pueden acogerse a la ley de amnistía, al contrario de lo que ha sugerido García en su intervención.
El titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, Manuel García-Castellón, acordó elevar este martes exposición razonada al Tribunal Supremo para que asuma la instrucción de la causa sobre los disturbios organizados por Tsunami Democràtic en la que atribuye delitos de terrorismo entre otros, al expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont, aforado como eurodiputado y prófugo desde 2017.
Ver comentarios