Madrid actualiza sus normas urbanísticas: las nuevas viviendas no podrán tener menos de 40 metros cuadrados
Los locales que se conviertan en pisos deberán estar a nivel de calle y seguir los criterios estéticos del edificio
Las normas urbanísticas que cambian en Madrid: balcones más grandes en los nuevos edificios y coto a las cocinas fantasma
Madrid
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Iniciar sesiónEl urbanismo en Madrid se ha quedado anclado en el siglo pasado, al menos, en lo que se refiere a las normas que lo regulan. Desfasadas, no atienden a las nuevas actividades y modos de vida que han surgido en la ciudad en los últimos ... 26 años, desde que vio la luz el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU). Mucho ha cambiado Madrid desde entonces; Madrid y sus realidades. Han proliferado las cocinas fantasma, una suerte de restaurantes virtuales a los que los clientes no tienen acceso, tan solo los 'riders' para recoger el pedido; se suceden los locales comerciales que se transforman en pisos para ganar algo de espacio habitacional en la selva de inmuebles de la capital; hay 'coliving' y 'cohousing', unas palabras casi impronunciables en 1997 y que no cruzaban, en aquel entonces, la cabeza de nadie, pero que ahora son formas de residir... Y no olvidemos los nuevos desarrollos, esos descampados en la periferia capitalina que (pronto) se convertirán en urbanizaciones hacia las que se extenderá la ciudad.
Madrid ha cambiado, se ha adaptado al siglo XXI, y ahora lo hará el reglamento de usos urbanos. El ayuntamiento aprueba hoy (salvo sorpresa, ya que a José Luis Martínez-Almeida le bastan solo los 'síes' del PP) la modificación de las normas, un nuevo marco regulatorio para ajustar a la actualidad y a las necesidades sociales algunos de los puntos del PGOU.
Dos de los aspectos fundamentales serán la vivienda y la habitabilidad. Los pisos de nueva construcción no podrán ser inferiores a 40 metros cuadrados, según ha podido saber ABC. Todas las edificaciones que se acometan a partir de ahora deberán superar ese tamaño mínimo para cumplir la normativa municipal. «Una necesidad evidente para adecuarla a la realidad actual, suponiendo un importante progreso en la calidad de la vivienda en Madrid, ya que establece unas condiciones mínimas más adecuadas y contemporáneas», explican fuentes del Área de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad que dirige Borja Carabante, y que persiguen de esta forma mejorar las condiciones del parque de viviendas.
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La norma también mejora la regulación de los tendederos, trasteros y zonas comunitarias. No será necesaria la separación física entre cocina y tendedero, respetando las superficies mínimas. Asimismo, se admite la instalación en planta baja de los trasteros, sin que cuenten en la superficie total edificable, y se excluyen determinadas zonas comunitarias del mismo cómputo.
Hasta ahora, Urbanismo solo regulaba dos tipos de viviendas: la colectiva y la unifamiliar. Esto cambia desde hoy para introducir dos modelos residenciales emergentes: el 'cohousing' y el 'coliving', que pasarán a estar tipificados como residencias compartidas. El 'coliving' es un modelo de vivienda comunitario que se basa en alquilar una habitación con baño privado en un edificio que cuenta con espacios de trabajo y servicios comunes. La estancia, en comparación con el 'cohousing', suele ser más breve y a los habitantes no necesariamente les unen vínculos sociales o religiosos.
Los edificios de 'coliving' deberán tener una importante dotación de espacios comunes con la correlativa «reducción de las unidades de alojamiento privativas de las viviendas», recoge la normativa. Las habitaciones no podrán ser inferiores a 15 metros cuadrados para una persona ni a 10 metros cuadrados por persona cuando estén previstas para más de un habitante.
Espacios comunitarios
En el 'cohousing', donde prima la convivencia y la relación entre habitantes, los espacios comunes aumentan hasta abarcar todas las zonas de estancia y ocio, mientras que las viviendas dispondrán de las piezas que se consideren. Solo hay una salvedad: la superficie mínima, en este caso, es de 30 metros cuadrados, compensando el resto hasta los 40 metros mínimos con las zonas comunitarias.
Aquí no termina la modificación urbanística en lo que respecta a vivienda. Otra de las cuestiones que se regulan y que no se contemplaban de manera expresa en el PGOU es la transformación de local a vivienda. Se garantizará que las viviendas resultantes respeten todas las condiciones de habitabilidad, confort y seguridad que se les exige a cualquier otra edificación.
Otros ámbitos de actuación
Cocinas fantasma
Se prima su implantación en polígonos y se limita en zonas residenciales a locales de uso industrial con un máximo de 350 metros cuadrados y con la obligación de tener en el interior zonas de espera, carga y descarga y estancia para los 'riders'. Solo podrá haber ocho cocinas.
Desarrollos
Pendientes del 'sí' municipal están los planes urbanísticos de Los Berrocales, Los Ahijones, Los Cerros y Valdecarros, nuevos barrios para paliar la escasez de vivienda. Sumarán más de 105.000 nuevos pisos al parque de Madrid, creando 4.380 empleos.
Factor verde
Se premiará a quienes apuesten por fachadas y cubiertas verdes, así como elementos de sostenibilidad y eficiencia energética. Los elementos de producción de energía sostenible y los cuartos para guardar vehículos de movilidad sostenible no computarán a efectos de edificabilidad.
Uso terciario
La modificación integra el Plan Especial de Hospedaje, por lo que las viviendas de uso turístico deberán mantener el acceso independiente al del edificio en el que se instalen, tal y como han avalado los tribunales, tras una norma aprobada por Carmena.
La modificación urbanística establece condiciones de uso, situación de la transformación, criterios estéticos y dotaciones de servicio. En este sentido, se recoge que «será posible la transformación cuando el uso principal del edificio sea residencial, siempre que la ordenanza no vincule al local un uso distinto del residencial y no existan limitaciones derivadas de la protección del patrimonio que lo impida«. Solo se podrán transformar locales en vivienda que estén en un edificio de uso exclusivo no residencial si se modifica la totalidad del inmueble.
Los locales, además, si quieren sufrir esta metamorfosis tendrán que estar situados en planta baja o en planta de piso, y nunca podrán mutar aquellos cuyo suelo se encuentre, aunque sea parcialmente, por debajo del nivel de calle. Y si tienen uso industrial que supere el fondo máximo edificable (18 metros) no podrán convertirse en vivienda salvo que se demuela el exceso de fondo.
También deberán seguir las condiciones estéticas del edificio en el que se encuentren. «La intervención en la fachada del local deberá integrarse en la composición de la fachada del edificio en cuanto a materiales, colores y ritmo de huecos« y, además, los contadores no podrán instalarse en el exterior.
Tras 26 años, esta es la primera gran actualización del PGOU, en la que se viene trabajando desde hace dos años. En 2021, el ayuntamiento comenzó a escuchar las exigencias y sugerencias de la sociedad civil y, un año después, el entonces delegado de Desarrollo Urbano (Mariano Fuentes, CS) llevó la modificación a la Junta de Gobierno, que dio el primer visto bueno. Tras el periodo de información pública, los grupos municipales presentaron sus alegaciones y en diciembre de 2022 llegó la votación definitiva. Pero Vox se rebeló y dijo 'no', por lo que el texto ha quedado paralizado hasta ahora.
Siete meses después, Martínez-Almeida ya tiene mayoría absoluta y lo sacará adelante. La Comunidad de Madrid deberá dar su visto bueno y con él llegará el coto a las cocinas agrupadas (o fantasma) y la puesta en marcha de los desarrollos de Los Berrocales, Los Ahijones, Los Cerros y Valdecarros que supondrán el levantamiento de más de 100.000 viviendas y 255 millones de euros. Madrid podrá evolucionar hacia el futuro.
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