El Mad Cool, acusado de delito ambiental por el ruido de la edición de 2023
La Fiscalía solicita dos años de prisión para el director del festival
Un juzgado investiga a Mad Cool por superar los límites de ruido en los conciertos de 2023
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Iniciar sesiónLa superación de los niveles de ruido permitidos llevarán a los responsables del Mad Cool a sentarse en el banquillo de los acusados. La jueza de Instrucción número 34 de Madrid ha abierto juicio oral contra el administrador único de este festival y la propia ... mercantil por la presunta comisión de un delito contra el Medio Ambiente por el ruido generado en la edición de 2023 de este macroevento musical.
Así se acuerda en un auto en el que se dicta la apertura de vista oral. Además, se les requiere para que presten fianza en cantidad de 12.000 euros para asegurar las responsabilidades pecuniarias que pudieran imponérseles si son condenados, informa Europa Press.
Este juzgado investiga los hechos a raíz de una denuncia vecinal por un posible delito contra el Medio Ambiente, concretamente por contaminación acústica, durante la edición de 2023 de este evento celebrado en el espacio Iberdrola Music, en Villaverde Alto. El Ayuntamiento de Madrid sancionó entonces con una multa de 22.001 euros a los responsables por no haber cumplido con los máximos sonoros establecidos.
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La plataforma vecinal Stop Mad Cool, que agrupa asociaciones de Villaverde y Getafe Norte, se personó en la causa para exigir responsabilidades y se investigó si se superaron los límites sonoros permitidos. Ahora, reclama de cara al juicio una indemnización de 10.000 euros.
En su escrito de acusación, el fiscal solicita a José Javier A. L. una condena de dos años de prisión y una multa de 12 meses, con cuota diaria de 30 euros, y responsabilidad personal subsidiaria máxima de 6 meses, así como inhabilitación especial para el ejercicio de profesión u oficio de explotación de locales y eventos musicales por 2 años.
Y reclama la mercantil Mad Cool Festival S. L. las penas de multa de 2 años, con cuota diaria de 100 euros, e inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas, para contratar con el sector público y para gozar de beneficios e incentivos fiscales y de la seguridad social por 2 años.
En su escrito de acusación, el fiscal solicita a José Javier A. L., director del festival, una condena de dos años de prisión y una multa de 12 meses, con cuota diaria de 30 euros, y responsabilidad personal subsidiaria máxima de 6 meses, así como inhabilitación especial para el ejercicio de profesión u oficio de explotación de locales y eventos musicales por 2 años.
Y reclama a la mercantil Mad Cool Festival S. L. las penas de multa de 2 años, con cuota diaria de 100 euros, e inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas públicas, para contratar con el sector público y para gozar de beneficios e incentivos fiscales y de la seguridad social por 2 años.
Desde la plataforma Stop Mad Cool señalan que «esta noticia confirma que el recinto se encuentra en un lugar inadecuado» y piden el «cese de su actividad», así como su traslado «donde no provoque estos problemas a ningún vecindario».
Sanciones
El delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante, ha señalado este miércoles que la apertura de juicio ratifica que el Consistorio actuó en el ámbito de sus competencias «correctamente» y puso sanciones en 2023.
Lo ha manifestado tras un acto en el que ha recordado que en el año 2023 se impusieron las sanciones correspondientes ante la superación de esos límites máximos de ruido, añadiendo que «esas actuaciones que se habían incumplido en la normativa, en este caso la ordenanza de ruido, se fueron corrigiendo a lo largo de los próximos años».
En esa edición del festival el consistorio madrileño abrió un expediente sancionador por una infracción muy grave y dos graves, según indicaron entonces desde el Área de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. La muy grave se habría producido al superar los límites de niveles sonoros máximos permitidos en más de 7 dBA en periodo nocturno o de 10 en periodo diurno o vespertino, tal y como se recoge en el artículo 59.3 de la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica.
«En los años 2024 y 2025 prácticamente no ha habido sanciones, por tanto, el promotor ha cumplido esas restricciones de ruido», ha agregado.
Carabante ha indicado además que «el Ayuntamiento de Madrid ha sido capaz de conciliar el derecho que tienen al descanso los vecinos del entorno y también los ciudadanos de Getafe con el derecho que tienen el resto de los ciudadanos a disfrutar de una actividad cultural y musical como se produce en Mad Cool, que es una referencia no solo a nivel nacional sino a nivel mundial».
Por tanto, el Ayuntamiento de Madrid lo que viene es a ratificar que la actuación ha sido correcta y que se tiene «una vocación de que en la ciudad de Madrid se puedan celebrar ese tipo de eventos y que sea también desde el punto de vista cultural y musical un gran evento, que Madrid sea el epicentro de los grandes eventos».
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