Los particulares y comunidades tendrán ayudas para restaurar sus bienes culturales
El programa, para BIP y BIC, pionero, en principio está dotado con 300.000 euros
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Iniciar sesiónSer propietario de un bien declarado de interés cultural o patrimonial supone un reconocimiento de su valor histórico y artístico. Pero también limita y condiciona las actuaciones que pueden llevarse a cabo sobre él. A la hora de una restauración, la obligación de utilizar determinados ... materiales y respetar el original puede encarecer sensiblemente los trabajos en cuestión. Para facilitar esta operación, la Consejería de Cultura de la Comunidad de Madrid pone en marcha una convocatoria de subvenciones para particulares, personas jurídicas y comunidades.
Los bienes declarados BIC o BIP son un conjunto muy variado, en el que puede haber desde castillos hasta teatros históricos, palacios, jardines históricos, bodegas y hasta viajes de aguas construidos antes de 1936.
El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid acaba de publicar las bases que van a regir las subvenciones, cuya convocatoria va a hacerse pública en las próximas semanas. Estas ayudas podrán emplearse para acometer obras de restauración en edificios privados que cuenten con la declaración BIP o BIC.
Deber de conservación
Es la primera vez que se pone en marcha un instrumento así en la Comunidad de Madrid . La dotación inicial de estas ayudas va a ser de 300.000 euros. Con esta subvención, se pretende facilitar el cumplimiento del deber de conservación de los bienes culturales, que, como se ha señalado, puede resultar especialmente gravoso por las especiales circunstancias que concurren.
La iniciativa ha partido de la Dirección General de Patrimonio Cultural. Así lo explicó a ABC la consejera de Cultura, Marta Rivera de la Cruz : «Mejoramos la cobertura que el Gobierno ofrece a aquellos que disponen de un BIC o un BIP;la prioridad de esta medida es contribuir a conservar el patrimonio cultural e histórico de nuestra región y garantizar su pervivencia».
Los beneficiarios de estas subvenciones podrán ser personas físicas o jurídicas, así como agrupaciones sin fines de lucro, comunidades de propietarios o cualquier otro tipo de unidad económica.
La cuantía de las ayudas para las actuaciones de conservación o rehabilitación en bienes inmuebles podrá alcanzar hasta el 70 por ciento del total de los gastos subvencionables, con el límite máximo que se determine en la convocatoria.
Criterios
La concesión se realizará por procedimiento de concurrencia competitiva entre las solicitudes presentadas. Entre otros criterios, se valorará tanto el nivel de urgencia de la obra a acometer como la calidad del proyecto técnico que se presente. Tendrá una consideración especial el interés de la actuación y la adecuación a los valores protegidos.
Y también serán puntuables otros aspectos como el uso público del bien, la mejora en las condiciones de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas, la utilización de criterios de sostenibilidad en la obra y el apoyo a pequeños municipios.
Habrá una comisión de valoración, integrada por representantes de la Consejería de Cultura y la de Medio Ambiente, el Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid (COAM) y una de las universidades de la Comunidad.
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