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El juzgado archiva la causa por las viviendas vendidas a «fondos buitre» siendo alcaldesa Ana Botella

La enajenación «no es reprochable penalmente» y vino «impuesta por la crítica situación económica de la EMV»

Ana Botella, en la convención del PP, junto a José María Aznar ISABEL PERMUY

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El juzgado de instrucción número 38 de Madrid ha decidido el archivo de la causa abierta contra la venta de viviendas de la EMV a «fondos buitre» en la época en que er a alcaldesa Ana Botella. En el auto, fechado hoy, argumenta que la opción de venta de estas viviendas «no es reprochable penalmente, porque no modifica la protección de las viviendas ni la situación de los arrendatarios», dado que «se impone a los compradores la obligación de subrogarse en las obligaciones de la EMVS».

Además, el juzgado justifica en el texto la venta porque «venía impuesta por la crítica situación económica de la EMVS, ante la acuciante necesidad de reducir costes ». Desde esta perspectiva, «la adopción de medidas contundentes, como la venta de activos, era de absoluta y urgente necesidad», señala el auto, al que ha tenido acceso ABC.

Aduce además que en la venta de estas viviendas «existió una concurrencia y competencia real, respetándose los principios de la Ley de Contratos del Sector Publico , pese a que no resultaba de aplicación, al estar excluida de la misma la compraventa».

Hubo, además, «hasta 8 empresas que se interesaron por la compra , 5 de las cuales presentaron ofertas no vinculantes, siendo seleccionadas las tres que ofertaban mejor precio para que presentaran sus ofertas vinculantes y definitivas». Además, añade a sus argumentos este otro: que «no existe constancia de ningún trato de favor a la adjudicataria, como reconocieron en la causa los propios legales representantes de las empresas competidoras». E indica que estos incluso «afirmaron que el precio de la adjudicación fue superior al de mercado».

Por último, afirma que «no existe precepto legal que imponga un precio mínimo de venta de las viviendas de precio público, fijando la norma tan solo un precio máximo». Esta operación, además, «contó con el informe favorable de la Intervención General y de la Dirección General del Sector Público».

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