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La Audiencia Provincial mantiene la causa contra el alcalde de San Sebastián de los Reyes por prevaricación

Narciso Romero (PSOE) solicitó la nulidad de las actuaciones judiciales en la reapertura del caso por ascender de forma arbitraria al jefe de la Policía Local

Narciso Romero recoge el bastón de mando ISABEL PERMUY

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La causa por prevaricación administrativa contra el alcalde de San Sebastián de los Reyes (PSOE) sigue adelante. La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado la nulidad de las actuaciones judiciales solicitada por Narciso Romero , que alegaba que el auto que reabrió el caso por ascender en 2015 a un sargento de la Policía Local, presuntamente de forma arbitraria, no era conforme a Derecho. Así, agotada su última bala, el regidor socialista está a un solo paso de ir a juicio, un trámite que se cumplirá en cuanto el juez instructor transforme las diligencias previas en procedimiento abreviado, equivalente al procesamiento.

El escrito de los magistrados, fechado el pasado 14 de junio, remite a la instancia planteada por Romero el 20 de marzo, quince días después de que la sección 23 de la Audiencia Provincial levantase el archivo de la querella presentada contra él, dictado por el Juzgado de Instrucción número 1 de Alcobendas. Como informó ABC, los jueces concluyeron entonces que la acción de promocionar al sargento Víctor Calvo se rodeaba de «indicios de delito». Las presuntas irregularidades cometidas se refieren a Romero, en calidad de alcalde, y al concejal de Economía, Hacienda y Recursos Humanos, Ramón Sánchez Arrieta .

Romero expone ante la sala que la decisión «no es ajustada a Derecho» en tanto que resulta «perjudicial y lesiva» para sus intereses, sustentando su defensa en una presunta vulneración de lo dispuesto en el artículo 120.3 de la Constitución Española, que exige la motivación y razonabilidad de las resoluciones judiciales. Ante esto, los magistrados de la Audiencia Provincial sostienen que en su auto del 5 de marzo « no concurre ninguna infracción de derecho fundamental o garantia del proceso que pueda generar la nulidad solicitada», por lo que le condena al pago de las costas.

Ascenso bajo sospecha

La causa judicial se refiere a los hechos del 2 de octubre de 2015, cuando Sánchez Arrieta –edil de Ganemos Sanse, la marca municipal de Podemos– firma un decreto provisional para la promoción del sargento a jefe del Cuerpo. La querella presentada arguye que el nombramiento «ni obedecía a las supuestas razones de urgencia y necesidad que invoca, ni respetaba los procedimientos legales para la provisión del puesto». Además, resalta el perjuicio para el resto de policías locales con mayor rango jerárquico.

El Juzgado de Instrucción de Alcobendas, sin embargo, acordó el sobreseimiento provisional de la denuncia, habida cuenta de que «no resultó suficientemente justificada» la perpetración del delito. No obstante, a pesar del archivo, el juez instructor llegó a considerar la actuación de Romero como «arbitraria», al no encontrar razones de peso que justificasen la urgencia y necesidad para su nombramiento como jefe provisional. Esta supuesta arbitrariedad es lo que motivó la actuación de la Audiencia Provincial cuestionada por el alcalde de «Sanse», al apreciar que se vulneraron los procedimientos ordinarios de provisión en el ámbito administrativo que han de regirse por los principios de publicidad e igualdad de oportunidades.

Narciso Romero, que ha revalidado el bastón de mando tras la falta de acuerdo entre PP, Vox y Ciudadanos en San Sebastián de los Reyes, espera ahora que el juez dé por finalizada la instrucción y lo procese, paso previo a la apertura del juicio oral. De llegar a este punto, el regidor socialista estaría obligado a dimitir según los estatutos del PSOE, que prevé la renuncia para los casos de corrupción. No obstante, su homólogo en Alcalá de Henares, Javier Rodríguez , está a la espera de la fecha del juicio por el mismo delito y no se ha marchado bajo el pretexto de que la prevaricación no es corrupción , una consideración que contradice lo marcado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

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