La Intervención del Estado avala la tesis de la posible causa de disolución de RTVE por su conflicto de 500 millones con Hacienda
Defiende en un informe las «dudas» por las cuentas de la Corporación y advierte de que se enfrenta a «consecuencias contables y societarias muy importantes»
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Un informe de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), órgano dependiente del Ministerio de Hacienda, sobre la gestión de Radio Televisión Española (RTVE) concluye que la corporación se «enfrenta a consecuencias contables y societarias muy importantes», tal y como vienen ... advirtiendo desde hace tiempo diferentes auditorías privadas y han denunciado también varios de los consejeros, que se negaron a firmar las cuentas del último ejercicio precisamente por esta cuestión.
El documento de 352 páginas, al que ha tenido acceso en exclusiva ABC, dedica un apartado muy extenso al problema que RTVE viene arrastrando desde hace años con la Agencia Tributaria (AEAT) a cuenta del IVA deducible. Es un conflicto que data de 2016, cuando se abren las primeras inspecciones al ente público, que acarrearon un acta de disconformidad en marzo de 2018, pocos meses antes de la llegada de Rosa María Mateo al cargo. Fue bajo su mandato cuando se comenzó a utilizar una formulación de las cuentas que ha desembocado en un problema mayúsculo para la corporación, que mantiene en la actualidad un litigio de alrededor de 500 millones con la Hacienda Pública por la diferencia de criterio a la hora de aplicar la legislación sobre el IVA.
Una cantidad que los gestores de RTVE contabilizan como una deuda que la Administración tiene con ellos, convencidos de que los diferentes recursos y procesos judiciales que están en marcha acabarán dándoles la razón. Visión optimista que no comparten los expertos en materia contable y que la propia IGAE pone en tela de juicio en la auditoría de cumplimiento y operativa de 2023, en la que advierte de que «la nueva forma de cálculo [de las cuentas de RTVE] genera muchas dudas en esta Intervención sobre si las premisas en las que se basa van a ser admitidas por los tribunales, lo que podría llevar a consecuencias contables y societarias muy importantes».
La propia corporación tiene estimado el «quebranto económico» que supondría un revés judicial en este asunto, que elevaría la deuda de la empresa a 739,69 millones, cantidad que la IGAE eleva algo más, hasta los 740,27 millones.Este golpe reduciría tanto su patrimonio que la forzaría a entrar en causa de disolución. Una quiebra técnica que no acabaría con el cierre de la radio y televisión públicas, pero que obligaría al Gobierno a mover ficha, tal y como explica la Intervención en su informe. «Esta situación supondría una importante reducción de fondos propios que obligaría a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) –accionista única de la corporación– a realizar una importante ampliación de capital o bien a realizar una reducción de capital obligatoria», recoge el escrito, que no se queda ahí y ahonda más en las consecuencias que tendría una derrota judicial de ese calibre, que «obligaría al cese de todo el Consejo de Administración, como establece la Ley de la radio y la televisión de titularidad estatal».
Criterios dispares
La IGAE expone que «lejos de acercar posturas entre la Administración Tributaria y la corporación, se observa una mayor diferencia de criterios que podría llegar a tener consecuencias muy importantes desde el punto de vista presupuestario, económico y societario, si bien RTVE entiende que este escenario no se producirá». En cualquier caso, sin entrar en quién de los dos tiene la razón, la Intervención sí pone el foco en cómo debería ser la «correcta aplicación contable de la misma» y a su análisis dedica varias páginas.
En el mismo, se refiere a la decisión de los gestores de no provisionar en el balance de la sociedad ningún importe de los posibles pagos que tuviese que efectuar. Una decisión tomada en base a una carta emitida por los asesores fiscales en 2017 y a la que se siguen agarrando en la zona noble de Prado del Rey para no hacer esa provisión en las cuentas.
Ya en 2018, la Intervención realizó sendas consultas a la Oficina Nacional de Auditoría y a la de Contabilidad, que coincidieron que el criterio de RTVE de no provisionar en el balance sólo puede mantenerse si hay una probabilidad mayor del 50% de que exista una sentencia favorable. Ante esto, desde la IGAEse solicitó en 2019 la opinión a la Abogacía del Estado, que un año después rehusó emitir una opinión por conflicto de intereses, ya que asesora legalmente a ambas partes. Ese vacío ha permitido mantener su criterio a RTVE, cuyos gestores se enfrentan a un peligro que pone en riesgo la viabilidad de la corporación.
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«Corporación RTVE invocando el ejercicio del derecho de rectificación on relación al artículo anterior, se ha dirigido a este medio solicitando que conste que la formulación contable actual de RTVE en relación con el conflicto del lVA, fue decidida y aplicada desde la formulación de cuentas del ejercicio 2017, en el primer semestre de 2018, y se ha mantenido desde entonces -bajo distintas presidencias- este mismo criterio contable y jurídico, sin alteraciones sustanciales, ni objeciones relevantes por parte de los auditores externos en sus informes anuales».
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