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La potestad para regular impuestos locales reside exclusivamente en el Estado

La sentencia del Tribunal Constitucional reconoce al Estado como el único competente para legislar sobre impuestos locales

Á. C. J.

Cataluña no podrá interferir en la legislación sobre impuestos locales debido a que la potestad para regular este tipo de tributos reside exclusivamente en el Estado. Según recoge la sentencia del Tribunal Constitucional (TC), «se trata, en suma, de una potestad exclusiva y excluyente ... del Estado que no permite intervención autonómica en la creación y regulación de los tributos propios de las entidades locales» . Dicha sentencia remarca que, en este ámbito normativo, la intervención de las comunidades autónomas debe quedar «vedada». De esta forma, los tributos locales se operarán a través del legislador estatal, por lo que se mantiene la competencia exclusiva sobre la Hacienda General. En conclusión, el TC declara inconstitucional el segundo inciso del artículo 218.2 del Estatuto.

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