Guilarte emplaza a Sánchez a que aclare su plan para el CGPJ porque «la amenaza resulta aterradora»
El presidente del CGPJ recuerda que «no tiene sentido volver a la época» en la que a los magistrados los nombraba el Ministerio de Justicia
«No es en ningún caso admisible propiciar cualquier zona de influencia del Gobierno», dice en la carta que ha vuelto a enviar a las Cortes
Sánchez amaga con quitar para siempre al CGPJ los nombramientos de jueces
Madrid
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Iniciar sesiónEl presidente del Consejo General del Poder Judicial, Vicente Guilarte, ha vuelto a enviar al Congreso y al Senado la propuesta de objetivación de nombramientos que ya les hizo llegar, sin recibir respuesta alguna, el pasado mes de abril. Preocupado por la ambigüedad de las ... palabras del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ayer, Guilarte recuerda que los nombramientos de los magistrados del Supremo, al igual que los de la cúpula judicial que son competencia del Consejo, no se pueden sacar del órgano de gobierno de los jueces, pues atentaría directamente contra el artículo 122 de la Constitución.
Tras dar la «bienvenida» al presidente al círculo de quienes realmente piensan que el problema del Consejo radica en la fórmula de elección de los altos cargos para que esté regida por los principios de mérito y capacidad (la actual está «viciada de discrecionalidad»), invita a Sánchez a que «disipe» las dudas que generó ayer al avanzar su intención de reformar los nombramientos si el PP no negocia antes de que acabe el mes. En este sentido recuerda que «no es en ningún caso admisible propiciar cualquier zona de influencia del Gobierno, sea directamente o se enmascare a través de organismo o comisión interpuesta. Tampoco debe olvidarse cuál fue la finalidad del constituyente a la hora de residenciar en el CGPJ las competencias que cuestionamos«, algo que el propio TC dejó claro en su sentencia de 1986. »Las funciones que obligadamente ha de asumir el Consejo son aquellas que más pueden servir al Gobierno para intentar influir sobre los Tribunales: de un lado, el posible favorecimiento de algunos jueces por medio de nombramientos y ascensos; de otra parte, las eventuales molestias y perjuicios que podrían sufrir con la inspección y la imposición de sanciones«.
Épocas pasadas
Guilarte recuerda que antes de la Ley Orgánica del Poder Judicial los nombramientos se efectuaban por el Ministerio de Justicia. «No tiene sentido alguno volver a épocas pasadas si bien con distintos protagonistas». Por eso «es imprescindible aclarar este extremo, pues la amenazante alternativa esbozada resultaría aterradora y directamente encaminada a evitar cualquier acuerdo«.
En la carta remitida de nuevo a los presidentes de las Cortes, Guilarte esboza la problemática que está llevando al bloqueo de la renovación dejando claro que no son los vocales los culpables de la situación. «La primera reflexión a efectuar sobre su causa es que resulta consecuencia del lamentable pero universal desencuentro entre las dos grandes formaciones políticas, en cierta medida derivado de los efectos de una compleja aritmética parlamentaria que ha propiciado pactos difícilmente asumibles desde la óptica política contraria».
Como en la anterior misiva insiste en que no cabe exigir a los actuales miembros del Consejo conducta alguna encaminada a «suplir la incapacidad de quienes sin duda resultan constitucionalmente responsables de la falta de renovación». Toda presión, dice, debe proyectarse contra los responsables de la parálisis del sistema «y no cargar sobre el actual CGPJ con absurdas iniciativas (como la dimisión en bloque) para solventar una crisis de la que tan solo somos expectantes sujetos pasivos«.
El presidente del Consejo reparte la culpa de la no renovación entre los dos protagonistas, los dos principales partidos, incapaces de ponerse de acuerdo. «Se alega por unos el incumplimiento de exigencias constitucionales y por otros el desapego al seguimiento de las recomendaciones europeas que hacen primar la elección corporativa. Ambas opciones, planteadas a modo de confrontación de dos modelos, no parecen confluir sino en el infinito». Se trata de evidenciar ante la opinión pública -añade- que «es otro el causante exclusivo del desencuentro».
Primer paso, el sorteo
Consciente de que hay que buscar una fórmula intermedia entre las posturas de ambos y que a la vez la renovación no puede esperar más, Guilarte propone como primera y transitoria medida el sorteo entre los candidatos de procedencia judicial, es decir, la elección de los doce vocales jueces utilizando la lista de aspirantes que lleva registrada en las Cámaras desde diciembre de 2018. «Es evidente que todos ellos resultan objetivamente aptos a tal fin y que el consenso sobre una lista alternativa de sorteables complicaría enormemente las cosas. Es una solución de oportunidad solo justificada por la imperiosa necesidad de desalojarnos, pues entiendo que en una sociedad jurídicamente avanzada el 'aleas' evidencia la incapacidad del sistema para valorar objetivamente el mérito y capacidad de los aspirantes a cualquier cargo«.
Mérito y capacidad
Entrando ya en el terreno de los nombramientos, Guilarte aboga por dar más protagonismo a la carrera judicial «allí donde resulta lógico que lo tenga», es decir, en lo que afecta al ejercicio de las tareas gubernativas. Respecto a los nombramientos de altos cargos jurisdiccionales se trataría de limitar la «inevitable discrecionalidad» de los nombramientos, que segurían residenciados en el Consejo porque así lo establece la Constitución, priorizando los principios constitucionales de mérito y capacidad.
Respecto a los primeros (los cargos gubernativos), estos serían elegidos por los propios jueces del territorio afectado o de la Sala correspondiente. Las plazas implicadas son la Presidencia de la Audiencia Nacional, presidencias de Audiencias Provinciales, presidencias de los TSJ, así como presidencias de Sala de la Audiencia Nacional, Salas de los TSJ y presidencias de Salas del Tribunal Supremo. «El CGPJ se reservaría la competencia para convocar y organizar el proceso electoral y garantizar su correcto funcionamiento, así como acordar el nombramiento y ratificación del candidato propuesto tras la previa comprobación de integrar las exigencias reglamentarias».
Justifica esta modificación en la dificultad práctica de valorar los méritos exigibles para acceder a estos cargos con la consiguiente «aleatoriedad que conlleva su nombramiento por los vocales». «Ello propicia que sean los propios jueces afectados quienes mejor estén en condiciones de valorar la capacidad y liderazgo de quienes quieran acceder a tales cargos».
Además, con tal medida se integra plenamente, incluso en mayor medida que con el actual sistema, la finalidad constitucional de evitar que sea «el Gobierno» el que pueda decidir o incluso influir en los nombramientos y ascensos de los miembros de la carrera judicial. Como alternativa a esta propuesta da la de un sistema rotarorio de dos años en las presidencias de Audiencias y TSJ.
Comisión cualificada
Respecto a la designación de magistrados del Supremo, la propuesta consiste en que sean nombrados por una comisión cualificada, mayoritariamente compuesta por vocales y por magistrados del Supremo. Esa comisión haría una propuesta de nombramiento, necesariamente motivada, que sería elevada al Pleno del CGPJ y que éste podría rechazar mediante acuerdo motivado.
Respecto a los nombramientos pendientes, Guilarte ve «decisivo» que las 122 vacantes pendientes de cubrir (tras la reforma de la ley que impide al CGPJ en funciones hacer nombramientos) se lleven a cabo con este nuevo sistema propuesto o cualquier otro que se fundamente en los principios de mérito y capacidad objetivamente valorados. Y ello porque hacerlos conforme al actual sistema, «sin control efectivo del mérito y capacidad de los candidatos, resultaría sin duda caótico y necesariamente ajeno a tales principios. Dado el ingente número de cargos vacantes, fatalmente acaecería el denostado 'cambio de cromos' conforme a criterios políticos, perturbador para la percepción como independientes de los así designados».
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