García Ortiz autoriza a Dolores Delgado a investigar los crímenes de Israel en Gaza y apunta al genocidio como Sánchez
Ordena crear para ello un equipo integrado por la propia Delgado, y por el jefe de la Fiscalía en la Audiencia Nacional, Jesús Alonso
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Iniciar sesiónEl fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, ha dado luz verde a Dolores Delgado, actual fiscal de Derechos Humanos y Memoria Democrática, para que investigue conjuntamente con la Fiscalía de la Audiencia Nacional presuntos crímenes contra la comunidad internacional del ejército de Israel ... en la Franja de Gaza.
Esta investigación, indica el decreto de la Fiscalía General del Estado (FGE) al que ha tenido acceso ABC, la realizará un equipo de trabajo conjunto formado por la propia Delgado y el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Jesús Santos, quienes actuarán como coinvestigadores en las diligencias que se tramitarán en la Fiscalía de la Audiencia Nacional, con la colaboración del fiscal de Sala Coordinador de Cooperación Internacional.
La autorización de García Ortiz llega después de que Delgado lo solicitara en julio tras analizar un informe que la Comisaría General de Información del Cuerpo Nacional de Policía envió en junio a su departamento en el marco de la operación Eliat. Según informa la FGE, en ese informe se recogían hechos que podrían ser constitutivos de crímenes contra la comunidad internacional cometidos por el Ejército del Estado de Israel en la Franja de Gaza.
El decreto emitido recuerda que en la actualidad existen dos procedimientos abiertos, uno en la Corte Internacional de Justicia (CIJ) -demanda de Sudáfrica contra Israel- y otro en la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI) -gracias a la que pesa una orden de arresto contra el primer ministro israelí y el exministro de Defensa por presuntos crímenes de guerra y lesa humanidad-, y recuerda que España “tiene obligación de cooperar” en esas investigaciones de acuerdo con las leyes y los tratados suscritos.
"Nuestro país ha asumido la obligación de prestar la debida colaboración y canalizar la asistencia que se precise de los órganos competentes para la investigación de las conductas que se están produciendo, lo que legitima la apertura de diligencias de investigación en el marco de las competencias del Ministerio Fiscal para hacer real y efectivo el principio de cooperación internacional", reza el decreto de García Ortiz.
Las diligencias de investigación tendrán por objeto recabar y preservar fuentes de prueba para ponerlas a disposición del órgano competente, dando cumplimiento con ello a las obligaciones asumidas por España en materia de cooperación internacional y derechos humanos.
Testigos protegidos
Según detalla el decreto, Delgado «procedió a analizar la información contenida en el informe elaborado por la unidad operativa, relativo al testimonio de testigos protegidos, y en el que también se aportan importantes elementos probatorios sobre las acciones y circunstancias en el terreno».
García Ortiz indica que «los hechos que se describen serían graves violaciones del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario, constitutivas de crímenes previstos en los artículos 607 y siguientes del Código Penal», referidos a los delitos de lesa humanidad. Por lo que apunta a que Israel podría estar perpetrando un genocidio sobre la población gazatí.
En su respuesta, el fiscal general ordena remitir a Alonso el informe de la Comisaría General de Información «al objeto de incoar las correspondientes diligencias de investigación preprocesal, las cuales serán comunicadas a la Corte Internacional de Justicia (CIJ), a la Fiscalía del Tribunal Penal Internacional (TPI) y a la fuerza policial actuante».
«Graves violaciones del Derecho Internacional»
García Ortiz asegura que «concurren los presupuestos legales» para dar este paso, dada la «especial trascendencia» y «gravedad» de los hechos, así como el «número de víctimas hasta el momento».
«Los hechos acaecidos supondrían graves violaciones del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, resultando de especial singularidad y complejidad una efectiva investigación que, además, presenta derivadas internacionales», afirma.
El jefe del Ministerio Público explica que el artículo 23.4 p) de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) «atribuye jurisdicción a los tribunales españoles respecto de 'cualquier otro delito cuya persecución se imponga con carácter obligatorio por un tratado vigente para España o por otros actos normativos de una organización internacional de la que España sea miembro, en los supuestos y condiciones que se determinen en los mismos'».
Y ello a pesar de que ese mismo artículo en su apartado a) establece que los tribunales españoles solo podrán investigar hechos cometidos fuera del territorio español que pudieran ser constitutivos de delito de genocidio, lesa humanidad o contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, cuando el procedimiento se dirija contra un español o contra ciudadano extranjero que resida habitualmente en España, o contra un extranjero que se encontrara en España y cuya extradición hubiera sido denegada por las autoridades españolas.
García Ortiz subraya asimismo que, al margen del citado precepto de la LOPJ, la propia Constitución en su artículo 96.1 declara que «los tratados internacionales, 'una vez publicados oficialmente en España, formarán parte del ordenamiento interno' y que 'sus disposiciones solo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas en la forma prevista en los propios tratados o de acuerdo con las normas generales del Derecho Internacional'».
Apunta igualmente al artículo 10.2 de la Carta Magna, según el cual «las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificadas por España».
Recopilar elementos de prueba
Con todo, el fiscal general sostiene que «nuestro país ha asumido la obligación de prestar la debida colaboración y canalizar la asistencia que se precise de los órganos competentes para la investigación de las conductas que se están produciendo, lo que legitima la apertura de diligencias de investigación en el marco de las competencias del Ministerio Fiscal para hacer real y efectivo el principio de cooperación internacional, de conformidad con una interpretación integradora de las normas internacionales y principios constitucionales».
García Ortiz defiende que, «en el contexto actual, se hace necesaria la cooperación entre los estados para satisfacer las demandas de justicia y seguridad de los individuos y de la sociedad, así como para luchar contra la impunidad de manera efectiva».
Por ello, razona, «los estados se han dotado de mecanismos jurídicos que permiten la actuación extraterritorial en materia de cooperación en la investigación de los graves crímenes internacionales, al tiempo que se salvaguarda la soberanía de cada Estado, permitiendo recopilar elementos de prueba para un posterior enjuiciamiento de los hechos por la jurisdicción que corresponda».
Sobre esto, sostiene que, «a la vista de la situación actual en los territorios de Palestina, cualquier prueba, directa o indirecta, que sea posible recabar en nuestro país ha de ser incorporada a un marco procesal que permita su utilización posterior».
«Y ello en un doble sentido: como elemento catalizador de la cooperación internacional y de preservación del acervo probatorio que sea posible recopilar para que en un futuro puedan ser utilizadas adecuadamente como pruebas de cargo de los delitos cometidos», detalla.
García Ortiz entiende que «la creación de un equipo de trabajo integrado por los fiscales especialistas concernidos» permitirá «aunar las capacidades operativas de la Fiscalía de la Audiencia Nacional con la especialización en materia de Derecho Internacional de los Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de la unidad especializada» que dirige Delgado «en la tramitación de las diligencias de investigación que se incoen por estos hechos».
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