Un violador queda en libertad en Pontevedra al beneficiarse de las grietas de la ley del 'solo sí es sí'
La Audiencia Provincial rebaja en cinco años la condena a este individuo y abandona el centro penitenciario tras cumplir once años de cárcel
J. Hierro
Santiago
Otro violado que se beneficia de las grietas de la ley del 'solo sí es sí' del Gobierno de Pedro Sánchez. En este caso, para salir de prisión. La Audiencia Provincial de Pontevedra ha dejado en libertad a un individuo que había sido condenado por ... una agresión sexual después de revisar su caso y verse obligado a rebajarle en cinco años la pena de 12 años de prisión que inicialmente se le había impuesto.
En el auto emitido tras la revisión de la condena, la sección quinta de la Audiencia Provincial argumenta que la nueva ley de garantía integral de la libertad sexual —conocida popularmente como del 'solo sí es sí'— fija en siete años de cárcel la pena mínima aplicable al caso y no doce, que fueron los años que se le habían puesto a este individuo. Y como ya ha cumplido más de once años de prisión, la Audiencia lo ha dejado ahora en libertad.
La decisión de los magistrados, en la línea de lo que están sosteniendo la mayoría de los tribunales españoles, pivota sobre el apartado 2.2 del Código Penal, que establece que «tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena». Y «eso es lo que ocurre en este caso», añade la resolución.
«Tendrán efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena»
Código Penal
Apartado 2.2
Para la Audiencia Provincial de Pontevedra no hay otra resolución posible «dada la claridad de las penas y límites impuestos y el dato objetivo del establecimiento de una pena mínima, inferior a la prevista en la ley que fue aplicada» en su momento a este violador, que ahora sale en libertad.
Petición de refuerzo
Por otra parte, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) para reducir los procedimientos en trámite y aliviar la carga de trabajo del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de La Coruña ha solicitado al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que apruebe para el órgano una comisión de servicio con relevación de funciones.
La medida demandada consiste en que sea destinado a la unidad, por un periodo inicial de seis meses, un juez o jueza con experiencia en violencia de género para que asuma, a medias con el magistrado titular, el reparto de los nuevos procedimientos, además de alternarse el servicio de guardia.
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