Galicia, la segunda autonomía donde más violadores se benefician de la ley del «sólo sí es sí»
Los jueces rebajaron la condena a 20 agresores, los mismos que en Madrid y 8 menos que en el País Vasco
Los descensos de penas suelen oscilar entre seis meses y dos años menos de prisión, pero algún caso llegó a cinco

Desde su entrada en vigor, el pasado 7 de octubre, los tribunales de toda España se han vistos obligados a revisar un aluvión de recursos de violadores que reclamaban aligerar sus condenas. Hasta el momento —la cifra no hace más que aumentar—, son al menos 181 los agresores que se han visto beneficiados de las grietas de la ley orgánica de garantía de libertad sexual, popularmente conocida como la del 'solo sí es sí', promovida por el Gobierno central de Pedro Sánchez. Y por lo que respecta a Galicia, son ya al menos veinte los agresores que han sacado tajada de las deficiencias de la nueva norma. Está empatada con la Comunidad de Madrid, donde los jueces han rebajado el mismo número de condenas. A Galicia y a Madrid solo les supera el País Vasco, con 28.
La gran novedad de la nueva ley es que desaparece la figura del abuso sexual, que era como en el Código Penal desde 1973 se tipificaban las conductas sexuales delictivas más leves, que pasan a enmarcarse dentro de la agresión sexual, que se reservaba hasta ahora para las acciones más graves. Eso obligó al legislador modificar la horquilla de penas, rebajando las condenas mínimas por agresiones sexuales, con la voluntad de dar una respuesta penal proporcionada a lo que antes eran abusos sexuales. Pero esta lógica ha producido en la práctica consecuencias nefastas, por abrir la puerta a que agresores sexuales soliciten revisar su pena en base a que la pena mínima por ese delito ahora es inferior a cuando fueron sentenciados.
En Galicia, las revisiones de condenas han ido sucediéndose a lo largo de estas semanas, pero hubo una, de finales del noviembre pasado, de la que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) se valió para marcar las directrices a los jueces de la Comunidad. En ese auto, el TSXG dejaba claro que «cabe la revisión de condenas» pero siempre «atendiendo a las circunstancias concretas de cada caso» y, como no podía ser de otra manera, y con la Constitución y el Código Penal por delante, aplicando «la disposición más favorable al reo». Razonaba en ese auto la Sala de lo Civil y Penal del TSXG que, a diferencia de lo que se había hecho con reformas legislativas anteriores, la ley del 'solo sí es sí' no añadió ninguna disposición adicional relativa a la revisión de condenas. Y eso, lamentaba el tribunal, ha abierto «un escenario de incerteza».
Curiosamente, en este auto en el que marcaba la pauta, el TSXG rechazó rebajarle la condena de once años y medio de cárcel que la Audiencia de La Coruña había impuesto a un residente en los Países Bajos que utilizó a menores para elaborar material pornográfico y que fue condenado también a un delito continuado de agresión sexual a menor de 16 años por haber extorsionado durante meses a una niña de 13 años, con la que había contactado a través de redes sociales, para que le enviase fotografías y vídeos de contenido sexual. El TSXG, en sintonía con la posición de la Fiscalía, consideró que, en su caso, la aplicación de la nueva ley de integridad sexual lejos de beneficiarle le perjudicaría.
31 recursos presentados
No fue la única revisión de condena en Galicia en la que se rechazó la rebaja, pero también es cierto que más de la mitad de los agresores sexuales que han recurrido se han visto beneficiados. De un total de 31 recursos presentados ante los tribunales de la Comunidad, once fueron rechazados y veinte revisados a la baja, según los cálculos provisionales del TSXG.
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La mayor parte de los beneficiados en Galicia lograron rebajas que oscilan entre los seis meses y los dos años de cárcel, a desconectar de sus condenas. Pero una de la Audiencia de Pontevedra llegó a rebajar a un violador cinco años a los 12 que impuestos en sentencia. Y como ya había cumplido 11 años en prisión, quedó en libertad.
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