Condenan a la Xunta y al Estado por su «inactividad» ante la degradación de un embalse en Orense
El TSXG les ordena que garanticen el agua potable a los vecinos y también indemnizarles
J. Hierro
Santiago
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha condenado a la Xunta y a la Conferencia Hidrográfica Miño-Sil por su «inactividad» ante la «degradación ambiental» del embalse de As Conchas, en Orense. En su resolución, el tribunal concluye que ambas administraciones vulneraron ... derechos fundamentales de los vecinos afectados.
La demanda fue presentada en marzo por la asociación local de vecinos del pueblo de As Conchas, en el municipio de Lobeira, y la Federación de Consumidores y Usuarios CECU, junto a siete ciudadanos particulares. Argumentaban que la situación ambiental de las masas de agua subterráneas y superficiales de la cuenca del Limia vulneraba y comprometía el derecho humano a los habitantes de la comarca de a Limia y Baixa Limia.
Insistían en que la contaminación por nitratos y bacterias procedentes de una intensísima carga ganadera que soporta la cuenca comprometía, incluso, el suministro domiciliario de agua, ya fuera a través de la red de suministro pública o de los pozos privados. En ocasiones, decían, superaban los límites legales establecidos para que pudiera considerarse como agua apta para el consumo humano.
Ante esta situación, que tachaban de «crónica», los demandantes aseguraban al tribunal que las administraciones no estaban adoptando medidas serias y eficaces para ponerle solución, más allá de algunos «parches», como el abastecimiento con cisternas o el reparto de garrafas.
Finalmente, la Sección Segunda del TSXG ha estimado en parte sus pretensiones. Y es que el tribunal no considera responsables a los ayuntamientos de Bande, Os Blancos, Trasmirás Lobeiras y Muiños, a quienes también demandaban, pero sí a las administraciones estatal y autonómica.
«Se declara la vulneración de los derechos fundamentales a la vida, en su relación con el derecho a la intimidad, a la inviolabilidad del domicilio, y a la propiedad vinculados al disfrute de un medio ambiente saludable y adecuado a las necesidades de las personas», concluye la sentencia.
Señala que «dicha vulneración» la ha provocado «la inactividad» de estas dos administraciones, porque, «pese a conocer la situación y estar legalmente obligadas a ello, no han sido capaces de poner remedio alguno».
Por eso, el TSXG condena tanto a la Xunta como a la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil a adoptar «inmediatamente» las medidas necesarias «para que cesen los olores y la degradación ambiental» del embalse y su entorno.
En concreto, deberán garantizar el abastecimiento de agua potable «limpia, segura y libre de microorganismos y sustancias químicas que constituyan una amenaza para la salud» de los vecinos. También tendrán que indemnizar a media docena de vecinos con un máximo de 30.000 euros.
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