Condenan a 13 meses de cárcel a un policía por hurtar un móvil durante un acto de servicio en La Coruña
La sentencia de la Audiencia Provincial le impone también la inhabilitación profesional de su cargo y destaca que se valió de su posición como agente para no levantar sospechas
Un agente de la Policía Nacional ha sido condenado a 13 meses de prisión por el hurto de un teléfono móvil de una tienda a la que había acudido en un acto de servicio. La sentencia, emitida por la Audiencia Provincial de La ... Coruña, también lo inhabilita para ejercer su profesión de funcionario del Cuerpo durante el tiempo de la condena. El fallo destaca que el inculpado sustrajo el aparato de «modo subrepticio» y aprovechándose, gracias a su condición de agente policial, de la confianza por parte de la encargada del establecimiento, que en ningún momento sospechó de sus intenciones.
Los hechos, según detallan los jueces en su escrito, tuvieron lugar el 16 de julio de 2017, en una tienda de telefonía móvil en la que el agente ahora procesado se había personado, acompañado por otros compañeros, en respuesta a un robo que había tenido lugar en el almacén del local. En este escenario, y «aprovechando el desorden generado en el establecimiento y que la encargada, por su condición de funcionario del Cuerpo Nacional de Policía, no iba a sospechar de su comportamiento ni a prestarle una especial atención, el acusado se hizo de un modo subrepticio con uno de los terminales móviles que se encontraban en el establecimiento, en concreto un teléfono de la marca Samsung Galaxy S8 Plus Blue, cuyo precio de venta al público era de 722 euros», relata el tribunal en la sentencia. Después de ocultarlo, abunda el escrito, «se lo llevó del local y se lo quedó para sí en la creencia de que, dada la cantidad de aparatos sustraídos, la responsable del comercio pensaría que formaba parte de los que inicialmente se llevaron el autor o autores del robo», concluyendo que al agente lo motivó satisfacer su «propio beneficio».
Además de la pena de cárcel y el periodo de inhabilitación profesional parejo a ella, la sentencia -que no es firme, y ante ella cabe presentar recurso- establece también el pago de una indemnización al establecimiento afectado de 722 euros.
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