La Audiencia Provincial no frena la expulsión de los exsocialistas de Santiago
La sentencia no entra a valorar la cuestión «de fondo», es decir, si hubo irregularidades en el proceso, y se limita a negarles las medidas cautelares que solicitaban
El juzgado de Santiago ya había tumbado la petición de los ediles no adscritos
SANTIAGO
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Iniciar sesiónLa Audiencia Provincial de La Coruña ha desestimado el recurso de los cuatro concejales no adscritos del Concello de Santiago —Gonzalo Muíños, Mercedes Rosón, Mila Castro y Marta Álvarez— contra la resolución del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Santiago que les ... denegaba la toma de medidas cautelares frente a su expulsión del PSOE, es decir, la anulación y su retorno a las filas del partido hasta que el litigio se resuelva. Con su negativa, el tribunal rechaza esta suspensión provisional de las sanciones, al considerar que no concurren los requisitos legales. Sin embargo, el auto judicial no entra a valorar la cuestión de «fondo» en el proceso, es decir, si hubo irregularidades en su expulsión, se limita a negarles la aplicación de estas medidas cautelares.
El auto, al que ha tenido acceso ABC, fechado en octubre y notificado esta semana, cuenta con el informe desfavorable del Ministerio Fiscal -sumado al del PSOE-, que se opuso a la estimación del recurso. La Audiencia subraya que lo solicitado por los demandantes constituía una «medida cautelar anticipatoria», es decir, una decisión que equivaldría a adelantar los efectos de una posible sentencia favorable. Este tipo de medidas, recuerda la Sala, solo se conceden de manera excepcional, cuando los indicios de irregularidad son muy claros y el riesgo de perjuicio irreparable es evidente, circunstancias que no aprecia en este caso.
Porque el tribunal insiste en que la resolución no prejuzga el fondo del asunto, ya que el procedimiento principal —en el que los ediles impugnan su expulsión del partido— continúa su tramitación. En esta fase, la Audiencia se limita a valorar si existen motivos suficientes para suspender temporalmente las sanciones y restituir a los concejales en el grupo socialista mientras se resuelve el litigio, un análisis en el que analiza los dos requisitos básicos de las medidas cautelares: la apariencia de buen derecho (fumus boni iuris) y el riesgo derivado de la demora (periculum in mora), y rechaza su concurrencia.
Sobre el primero, concluye que no aprecia irregularidades manifiestas en el expediente sancionador del PSdeG: «En principio, y sin perjuicio de lo que pueda resultar de la prueba que se practique en el juicio, se ha respetado el procedimiento sancionador» sin abandonar el marco estatutario del partido y siguiendo las debidas garantías. Sobre el segundo, la Audiencia razona que el riesgo ya no existe tras la expulsión de los concejales; es decir, que el perjuicio que alegaban ya se ha producido y las medidas cautelares no pueden revertir la situación hasta que se resuelva el proceso principal.
Por todo ello, la Sala acuerda desestimar el recurso de apelación de los cuatro concejales, confirmar la resolución de instancia y condenarles al pago de las costas del recurso; contra el auto, además, no cabe recurso ordinario. La vista sobre el fondo del litigio, en la que se analizará si existieron o no irregularidades en el proceso de expulsión, continuará en el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Santiago.
Reacción de los concejales
Tras conocer la decisión judicial, los ediles no adscritos afirman respetar «la resolución judicial sabiendo además que los jueces deben aplicar las leyes que emanan del Estado». «Somos conscientes del Estado de partidos en el que vivimos, somos conscientes de que las leyes son elaboradas y aprobadas por partidos políticos y, por tanto, las leyes procuran perpetuar ese sistema. Un sistema que, como vemos día a día, está provocando una desafección creciente en la ciudadanía porque parece que los partidos políticos y el éxito electoral se ha convertido en el fin», exponen en declaraciones remitidas a ABC.
También subrayan que eran bien conscientes de «la dificultad de conseguir unas medidas cautelares anticipatorias», puesto que solicitaban »que se anticipara una resolución sin desplegar toda la práctica de pruebas« de las que disponen. Pero recuerdan que «esta es solo una resolución de unas medidas cautelares que, como dice textualmente el propio auto, no 'prejuzga el fondo del asunto' ni entra en la valoración de la veracidad de los hechos que motivan la resolución del partido». Este, inciden, «siempre» fue su «principal cuestionamiento» y se resolverá «en el juicio principal».
«De nuevo, esta resolución no nos despista de lo más importante. Nosotros estamos aquí para seguir trabajando por nuestras vecinas y vecinos, con lealtad y compromiso que fue, precisamente, lo que nos trajo hasta aquí. Seguiremos actuando como hasta ahora, desde la posición en la que injustamente nos pusieron unas personas en la cumbre de una organización política, sin respetar lo votado por la ciudadanía y alterando la representación del Concello de Santiago».
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