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Condenado a 26 años de cárcel por matar a navajazos a Cristina Cabo

José Valencia asestó 47 puñaladas a la víctima en su propia casa, en Lugo, en 2022

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Jesús Hierro

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José Valencia conoció aquella misma madrugada a Cristina Cabo en una zona de copas de Lugo. Fueron a la casa de ella y mantuvieron relaciones sexuales consentidas, pero luego todo se precipitó. Tras una discusión, el hombre, de origen colombiano, le asestó un total de 47 puñaladas hasta acabar con su vida. El tribunal del jurado le declaró culpable de un asesinato con ensañamiento y alevosía. Y, ahora, ese veredicto ya tiene una traducción a penas: en total, 26 años de prisión.

Todo empezó sobre las 5.40 horas del 27 de noviembre de 2022, en las inmediaciones de la calle Falcón de la capital lucense. Luego, fueron a casa de Cristina, que más o menos una hora después, intentó echarle de la vivienda: «¡Vete de mi casa!». Pero, lejos de irse, después de un forcejeo con la víctima, José consiguió hacerse con un cuchillo y la atacó mortalmente.

En su veredicto, el tribunal del jurado concluyó, sin género de dudas, que José tenía una clara intención de matarla. Y lo interpretaron así tanto por el número de heridas como por las zonas vitales en las que el agresor clavó el cuchillo a la víctima. 29 de las 47 puñaladas fueron en zonas vitales, como el cuello, el abdomen y hasta una en el corazón, según explicaron los médicos forenses en la vista oral. José tenía que ser consciente de que alguna de aquellas cuchilladas podría ser mortal, pese a la escasa profundidad de las mismas. Aunque el acusado –ahora ya condenado– defendió en su interrogatorio en el juicio que no tenía intención de acabar con su vida.

Los 26 años de cárcel impuestos a José Valencia son, en realidad, la suma de dos delitos diferentes. Por una parte, cuatro años de prisión por un delito de robo con violencia, pues, aprovechó que había dejado a Cristina moribunda para arrebatarle el ordenador y la bicicleta. Y, por otra parte, el crimen propiamente dicho, por el que la Audiencia Provincial de Lugo le impone 22 años de cárcel, porque al delito de asesinato se le suman los agravantes de alevosía y ensañamiento.

«La agresión con cuchillo fue de tal violencia en atención a la desproporción en fuerza física entre agresor y agredida, y a que esta estaba bajo la ingesta de bebidas alcohólicas y cannabis, que, a pesar de que la víctima logró oponer resistencia frente a su agresor, debido a estas circunstancias fue ineficaz, por mínima», detalla la sentencia de la sección segunda de la Audiencia de Lugo, conocida este lunes. Y añade la magistrada-presidenta del tribunal que esa mínima capacidad de defenderse de Cristina «no impidió que el acusado acabase fácilmente con su vida, asegurando su ejecución».

Ensañamiento y alevosía

Son estas circunstancias, precisamente, las que perfilan el agravante de alevosía: José se aprovechó de la imposibilidad de Cristina de defenderse. La víctima había bebido «una cantidad relevante» de alcohol, había fumado cannabis y entre ellos había una importante desproporción física: Cristina apenas pesaba 50 kilos, mientras que para detener a José, tres días después del crimen, fue necesaria la intervención de hasta cinco agentes. Todos ellos contaron en el juicio que les había sorprendido la gran resistencia y fuerza demostrada por José. El agresor, en cambio, no estaba bebido.

Alevosía, pero también ensañamiento, que no es otra cosa que causar a la víctima de forma deliberada un sufrimiento más allá del necesario para matarla. El jurado lo tuvo claro, en base «al número de puñaladas», pero también por las partes del cuerpo donde la acuchilló, algunas vitales. Y porque ninguna de las 47 puñaladas fue mortal por sí misma, ni siquiera la del corazón. En definitiva, José tenía una clara intención de causar sufrimiento de la víctima, con «crueldad y brutalidad», resume la sentencia. La mató, con alevosía y ensañamiento, y luego le robó, cuando estaba ya moribunda.

José no tiene nacionalidad española, y por eso, una vez cumpla con la condena, la Audiencia le condena también a su expulsión del Estado una vez acceda al tercer grado o la libertad condicional. Desde la fecha de expulsión, no podrá volver a España en diez años. A la pena de cárcel, añade también una serie de indemnizaciones que suman más de 150.000 euros, que tendrá que pagar a los familiares de la víctima.

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