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El juzgado de Marín considera que es la Audiencia Nacional la que debe investigar el Villa de Pitanxo

Rechaza la inhibición acordada por el Juzgado Central de Instrucción número 2 de la AN en la causa relativa al hundimiento del buque, al considerar que no es el «órgano competente»

Imagen de archivo de la llegada de los supervivientes del Villa de Pitanxo a San Juan de Terranova EP

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Nuevo giro en el proceso judicial que sigue la tragedia del Villa de Pitanxo, el arrastrero que se hundió en aguas NAFO el pasado 15 de febrero, con solo tres supervivientes de una tripulación de 24. El Juzgado de Instrucción número 2 de Marín ... ha rechazado la inhibición acordada por el Juzgado Central de Instrucción número 2 de la Audiencia Nacional en la causa relativa al hundimiento del buque Villa de Pitanxo . La jueza entiende que el partido judicial de Marín « no es el órgano territorialmente competente para conocer de la instrucción» del procedimiento porque los supuestos delitos que se investigan fueron cometidos en aguas internacionales, próximas a la Isla de Terranova, en Canadá. Por ello, ha acordado la devolución de las diligencias al Juzgado Central de Instrucción número 2, el cual acordó la inhibición a Marín porque, según el criterio de la Audiencia, al cometerse los posibles hechos delictivos en un buque español, debe equipararse al territorio nacional y en la localidad de Marín radica el puerto base del Villa de Pitanxo.

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