Archivan la 'diana' a Abascal mientras la Fiscalía investiga la piñata de Ferraz
El Ministerio Público analiza si hay delito contra un alto organismo del Estado
El PSOE denuncia ante la Fiscalía la piñata de Sánchez por incitar al «magnicidio» y señala a Abascal
MADRID
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Iniciar sesiónUn caso arranca cuando otro se cierra. Y cada uno tiene sus peculiaridades, pero la analogía es inevitable. El mismo día que la Fiscalía de la Audiencia Nacional ha abierto diligencias para esclarecer si hay delito en los hechos que denunció el PSOE sobre la ... piñata de Pedro Sánchez que unos exaltados apalearon junto a la sede del partido en Nochevieja, un juzgado de Castellón de la Plana ha absuelto a una asociación universitaria que llegó a juicio por pintar la cara del líder de Vox, Santiago Abascal, con la marca de un disparo en la frente.
Ambos casos son conocidos. En cuanto a las denominadas «uvas de Ferraz», el PSOE presentó una denuncia ante la Fiscalía General del Estado por lo que calificaba como delitos de odio por incitar al magnicidio, pero también de injurias graves con publicidad, amenazas, manifestación ilegal y otros cuya víctima era el presidente del Gobierno en particular y el socialismo español en general.
Alegaban en su escrito que aquellas 300 personas que durante unas horas se tomaron las uvas en la calle Ferraz entre insultos a Pedro Sánchez y luego ahorcaron y golpearon un muñeco relleno de turrones que le representaba, habían traspasado los límites de la libertad de expresión para incurrir en el ámbito de los delitos de incitación al odio, que son los que se perpetran contra grupos tradicionalmente castigados por su color de piel, su credo, su sexo, orientación sexual o ideología.
La Fiscalía General envía la denuncia del PSOE por la piñata de Sánchez a la Audiencia Nacional
Isabel VegaConsidera que es su competencia investigar si se produjo delito contra los altos organismos de la nación y la forma de gobierno
En su caso, se acogían a este último apartado en tanto que el socialismo fue perseguido durante la dictadura franquista y los manifestantes, de acuerdo a la denuncia, gritaban consignas propias de aquella época.
Respecto a 'la diana', se trataba de una pintada que reproducía un retrato de Santiago Abascal en silueta negra con la marca de un disparo en la frente. Se reprodujo en varios muros, en la vía pública, en Castellón, como 'graffiteada' a partir de una plantilla y firmada con el sello «Subversives Castelló», el nombre de la asociación feminista que la estaba difundiendo.
Este viernes, la Fiscalía de la Audiencia Nacional asumió la investigación del primero de los asuntos, el relativo a la piñata de Ferraz. La denuncia le llegó derivada de la Fiscalía General del Estado, donde la presentó el PSOE. Su Secretaría Técnica, tras estudiar el asunto, concluyó que debía ser de su competencia en tanto los delitos que relatan los socialistas se habrían perpetrado contra quien es presidente del Gobierno.
Los Juzgados Centrales de Instrucción, cabe recordar, tienen la facultad atribuida para investigar los ilícitos que se cometan contra los altos organismos de la nación y la forma de Gobierno, lo que implica cualquier delito y decanta la competencia atendiendo a quién o qué es su víctima.
Ahora, se abre una fase en que los fiscales de la Audiencia Nacional analizan si están de acuerdo, es decir, si consideran que son competentes para investigar lo sucedido en las 'uvas de Ferraz' y si en el relato de los hechos se dan indicios de delito. En ese caso, presentarían querella y la causa, formalmente, se judicializaría.
Hay en este caso una arista, y es que además de pedir que se investigue en sí a los convocantes y participantes en la paliza a la piñata, el PSOE insta en su denuncia a que se rastreen los vínculos de esas y otras entidades aparentemente relacionadas entre sí con el partido político Vox. Llega a apuntar que esas organizaciones, algunas inscritas formalmente en el el registro del Ministerio del Interior y otras virtuales, podrían estar sirviendo para financiar irregularmente su actividad política. Se trata de otro tipo de hechos que podrían motivar una investigación al margen de la protesta de Nochevieja en sí.
En tanto se dirime qué hace la Fiscalía de la Audiencia Nacional con este asunto, la de Castellón pidió el archivo de la causa sobre el otro al no ver delito en reproducir la imagen de Abascal con un simulado disparo en la frente: un círculo de color rojo.
El Juzgado de lo Penal número 3 de la localidad ha fallado en la misma línea. En concreto, ha absuelto del delito de odio y del de amenazas del que venía siendo acusada la responsable de la entidad promotora de las pintadas, la Associació Feminista Universitaria Subversives Castelló. La sentencia concluye que «no pueden ampararse conductas de este tipo en la libertad de expresión, pero tampoco encierran la gravedad propia del delito de odio, pues el art 510 sólo cabe cuando la acción 'incita directa o indirectamente al odio, hostilidad discriminación o violencia contra un grupo' y ese elemento no se acreditó», según la jueza, en el caso de Abascal.
El artículo que menciona es uno de los que refiere el PSOE en su denuncia y castiga a «quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquel, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación su origen nacional, su sexo, orientación identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad».
Una conducta aislada, no
En el caso de la reproducción del retrato de Abascal, la jueza considera que «no concurren los requisitos» del delito de odio, «no habiendo quedado acreditado que se incite a la comisión de actos violentos».
Para llegar a esta conclusión, se apoya en una sentencia de abril de 2023 también dictada en Castellón que, en un caso similar por otro ataque a Vox, resolvía que «una conducta aislada no es apta para despertar, hacer nacer, ese clima de odio o tensión en la sociedad, ni siquiera en la zona de Castellón, no alcanzando la gravedad propia del delito». «Ello, con independencia de que el acto sea reprobable, pues el clima de hostilidad contra VOX ya existía», dice el precedente.
Descarta asimismo el delito de amenazas porque no se ha esclarecido autor conocido de las pintadas y no hay pruebas para atribuir las pintadas directamente a la responsable jurídica de la asociación, que aseguró no haberlas hecho ella.
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