Elecciones: ¿Qué pasa si me llega una notificación para ser mesa electoral y no la recojo?
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Una persona entrega su voto en una mesa electoral
Queda menos de un mes para que los españoles vuelvan a pasar por las unas. En este caso, por la celebración anticipada de las elecciones generales que Pedro Sánchez convocó para el próximo 23 de julio tras los resultados de los comicios del 28M.
Esta semana, los Ayuntamientos ya están celebrando los sorteos para elegir al presidente y a los dos vocales por cada mesa electoral, así como a los dos suplentes que puede haber por puesto. La convocatoria electoral en pleno mes de julio choca, además, con las vacaciones de miles de españoles que han manifestado en el último mes su preocupación por no poder acudir. Entre esos motivos de incertidumbre se encuentra también qué ocurre si no se recoge la notificación para ser miembro de la mesa electoral.
Una vez celebrado el sorteo, los Ayuntamientos tienen tres días para informar a las personas seleccionadas. A su vez, estas tienen una semana para presentar sus alegaciones a la Junta Electoral de Zona.
¿Cómo te notifican que eres parte de una mesa electoral?
De manera habitual es Correos quien notifica a los interesados que han sido seleccionados para formar parte del proceso electoral mediante correo certificado, que implica que el interesado debe acudir a la oficina a recoger la citación.
Si la persona no está en casa, el artículo 42.2 de la ley de procedimiento administrativo establece el criterio: «Si nadie se hiciera cargo de la notificación, se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, intento que se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres días siguientes. En caso de que el primer intento de notificación se haya realizado antes de las quince horas, el segundo intento deberá realizarse después de las quince horas y viceversa, dejando en todo caso al menos un margen de diferencia de tres horas entre ambos intentos de notificación». Subraya este mismo artículo que cualquier persona mayor de 14 años puede recoger la notificación.
Si no es posible notificar de ninguna de las maneras detalladas, la misma ley, en su artículo 44, recalca la notificación se hará por medio de un anuncio publicado en el «Boletín Oficial del Estado». Las Administraciones podrán publicar un anuncio en el boletín oficial de la Comunidad Autónoma o de la Provincia, en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio del interesado o del Consulado o Sección Consular de la Embajada correspondiente, expresa la ley. Asimismo, subraya que las Administraciones pueden recurrir a «notificaciones complementarias a través del resto de medios de difusión».
Además, en algunas localidades se movilizan efectivos de la Policía Local para tratar de localizar a las personas afectadas.
¿Qué ocurre si no recojo la notificación?
El intento de notificar se apura hasta los últimos días. En caso de que el interesado no se haya enterado, se considera que con los anuncios publicados en el BOE o en los boletines oficiales son plenamente válidos.
En España, acudir a una mesa electoral es obligatorio y quienes no lo hagan se enfrentarán a multas e incluso a penas de cárcel en función de la gravedad o la reiteración.
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Si acudir a la mesa electoral supone algún problema, existen una serie de motivos por los que se pueden presentar alegaciones. Cabe recordar que, para estos comicios y en vista de los problemas que podían surgir por las fechas de la convocatoria, la Junta Electoral Central resolvió que los viajes contratados antes del 29 de mayo (día del anuncio del adelanto electoral) pueden ser utilizados como excusa siempre que causen un gran perjuicio económico y que pueda garantizarse la formación de la mesa.
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