Uno de los cuatro magistrados contaminados por el aborto pide su abstención
Concepción Espejel considera que se tiene que apartar del debate porque informó sobre el anteproyecto de Zapatero
Los otros tres magistrados tuvieron también una participación directa, pero no dan un paso al frente
Madrid
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Iniciar sesiónLa magistrada del Tribunal Constitucional Concepción Espejel ha pedido abstenerse de las deliberaciones y votación del recurso del PP contra la ley del aborto de Zapatero al considerar que su participación como vocal en el informe que elaboró el Consejo General del Poder Judicial ... compromete su imparcialidad. Como informó ABC ayer hay otros tres magistrados sobre los que incurre también causa de abstención, pero ninguno de ellos ha dado este paso. Se trata del presidente y exfiscal general Cándido Conde-Pumpido, el exministro Juan Carlos Campo y la también exvocal del CGPJ Inmaculada Montalbán. Fuentes del TC señalaron que Espejel ya ha comunicado su abstención por escrito.
La decisión de Espejel, nombrada por el Congreso a propuesta del PP en noviembre de 2021, compromete la postura de los otros tres magistrados (propuestos por el PSOE) que, como ella, tuvieron una participación directa durante la tramitación del anteproyecto de ley. El artículo 219 señala en su apartado 13 como causa de abstención «haber ocupado cargo público, desempeñado empleo o ejercido profesión con ocasión de los cuales se haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito o en otro relacionado con el mismo«.
Cuatro magistrados del Constitucional, contaminados con el recurso del aborto de 2010
Nati VillanuevaSu participación en los informes sobre la ley de plazos de Zapatero es causa de abstención
Conde-Pumpido presidió como fiscal general el Consejo Fiscal cuando este órgano aprobó el informe preceptivo al anteproyecto. Junto con los vocales de la progresista UPF suscribió un texto alternativo al de la mayoría, algo que fue muy criticado entonces por la Asociación de Fiscales , que le acusó de generar una "polémica innecesaria" y de poner en tela de juicio la esencia misma de este órgano democrático y representativo de los miembros de la carrera.
Campo, por su parte, era secretario de Estado de Justicia cuando se aprobó el anteproyecto y como tal participó en Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios que vio el anteproyecto antes de elevarlo al Consejo de Ministros.
Por último, la participación de Montalbán en el informe al anteproyecto es idéntica a la de Espejel, aunque una informara a favor del anteproyecto y la segunda en contra.
"Pluralidad de perspectivas"
Fuentes próximas a la presidencia aluden al auto del Pleno del TC de diciembre de 2021 que, bajo la presidencia de González-Trevijano, rechazó las recusaciones contra varios de sus miembros con dos argumentos: el primero, que las opiniones vertidas por los magistrados no pueden ser un motivo para cuestionar su imparcialidad, pues "la pluralidad de perspectivas jurídicas en el Tribunal son expresión de la idea de pluralismo político". La segunda, que existe el riesgo de que recusaciones contra varios miembros del TC (como fue el caso) afecten directamente al quorum del Pleno, establecido en ocho magistrados, hasta el punto de que no se pueda resolver el asunto en cuestión. Con este razonamiento, al ser los cuestionados cuatro miembros del TC, ese pleno se quedaría con siete magistrados.
En cualquier caso, ni Conde-Pumpido ni Campo ni Montalbán van a poder obviar el debate sobre su contaminación: el Pleno del día 7 de febrero, al que va el aborto, tendrá que abordar las recusaciones a las que han instado algunos de los diputados que presentaron el recurso en 2010. Todo apunta a que serán rechazadas por la mayoría progresista.
Adelantándose al argumento de la posible extemporaneidad del escrito, los recurrentes señalan que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 223.1.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la recusación debe presentarse "en el plazo de 10 días desde la notificación de la primera resolución por la que se conozca la identidad del juez o magistrado a recusar, si el conocimiento de la concurrencia de la causa de recusación fuese anterior a aquel". "Después de tener durante más de doce años 'congelado' el recurso presentado", es ahora cuando "se ha tenido conocimiento por los medios de comunicación" de la fecha del pleno, señalan en el escrito, al que ha tenido acceso ABC. No han transcurrido, por tanto, diez días hábiles "desde que se conoció la fijación de la fecha de inicio del debate", argumentan.
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