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Cristina Seguí, condenada a pagar 6.000 euros a Ábalos por vulnerar su derecho al honor

La jueza entiende que publicó expresiones «realmente graves» y «descalificadoras» del exministro en su cuenta de Twitter

Imagen de archivo Cristina Seguí MIKEL PONCE
Adriana Cabezas

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El Juzgado de Primera Instancia número 46 de Madrid ha condenado a la exdirigente de Vox Cristina Seguí a indemnizar al que fuera ministro de Transportes José Luis Ábalos con más de 6.000 euros al entender que vulneró su derecho al honor y a su propia imagen cuando publicó expresiones contra él «realmente graves» y «descalificadoras» en su cuenta de Twitter y no amparadas por la libertad de expresión.

En total Seguí publicó cinco tweets entre diciembre de 2020 y abril de 2021 en los que se refería a Ábalos, entre otros descalificativos, de «moralmente tarado», «vago grotesco» o «engrendro». La jueza concluye que la exdirigente de Vox «utiliza reiteradamente expresiones vejatorias« para referirse a Ábalos y que »evidentemente lesionan su honor«, según la sentencia a la que ha tenido acceso ABC.

«Han sido vertidas (...) con una evidente trascendencia pública y lejos del acaloramiento de un debate, sino de forma reflexiva y en la tranquilidad de su cuenta de Twitter donde encuentra respaldo de la mayor parte de los seguidores que se pronuncian al respecto«, prosigue la resolución.

«Todas estas expresiones de contenido íntimo y sexual del demandado, como ha declarado él mismo en el acto del juicio, han sido las que más han afectado a su honor al ser vertidas en un medio de acceso público y extraerse de su lectura un ánimo claramente difamatorio y vejatorio, ocasionándole problemas familiares, repercutiendo en su vida cotidiana y relaciones sociales«, argumenta la jueza.

Es por ello que la magistrada concluye que en este caso los comentarios exceden la libertad de expresión: «si se limitan al ámbito puramente personal o sexual y se realizan en los medios de comunicación, pudiera entenderse como un medio de presión social y con finalidad distorsionadora de lo realmente acontecido«.

Seguí, además de pagar los 6.000 euros de indemnización más intereses por los daños morales causados deberá borrar sus mensajes de la red social y colgar el fallo de la sentencia en Twitter, si bien aún no es firme.

Alvise, condenado a pagar 60.000 euros

No es la primera vez que la justicia da larazón a Ábalos. El pasado 11 de noviembre el juzgado de Primera Instancia número 103 de Madrid también condenó al activista en redes sociales Alvise Pérez a indemnizarle con 60.000 al entender que vulneró su derecho al honor cuando difundió en su cuenta de Twitter dos fotografías tomadas sin su consentimiento junto a un mensaje en el que cuestionaba su salud mental.

«En ambas imágenes para las que no se solicitó consentimiento aparece el Sr. Abalos en la terraza de su domicilio particular, vulnerando el texto que acompaña el derecho al honor dado su tono despectivo e insultante», dice la resolución.

En cuanto al texto, para el juez «no queda la menor duda que el demandado sugiere que el Sr. Abalos adolece de salud mental por estar mirando o a unos pájaros o plantas o lo que estimase oportuno«. »Esta frase es sumamente vejatoria al poner en duda no solo su capacidad mental sino su profesionalidad como Ministro de España y por tanto su prestigio y reputación, atentado, por ello contra su fama y honor«, señala.

En aquella ocasión la justicia atendió a que la imagen de Ábalos «claramente se utiliza para desprestigiar su labor como miembro del Gobierno, se divulga en redes sociales implicando una difusión masiva de estos contenidos» porque el activista tenía 223.500 seguidores y acabó en los medios de comunicación.

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