El Constitucional rechazará todas las recusaciones sobre la aplicación de la amnistía
La Abogacía del Estado queda en evidencia: pretendía apartar al conservador Macías sin cuestionar al exministro Campo
El Pleno al completo decidirá sobre los recursos de los líderes del 'procés' contra el Supremo por excluir la malversación
Puigdemont pide al Constitucional suspender su orden de detención
Madrid
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Iniciar sesiónEl Tribunal Constitucional (TC) prevé inadmitir todas las recusaciones promovidas contra varios de sus magistrados en el marco de los recursos de amparo de los líderes del 'procés'. Se trata de una cuestión diferente a la propia constitucionalidad de la ley que ya fue resuelta ... en junio y en la que también hubo distintos intentos de apartar a miembros del órgano de garantías, movimientos que en aquel momento sí culminaron con éxito. Prueba de ello es que el Pleno se quedó sólo con diez de los doce magistrados que lo conforman, pues el exministro socialista Juan Carlos Campo se abstuvo y la recusación del conservador José María Macías fue admitida, dejando al TC en un 6-4 a favor del llamado bloque progresista. Con esa mayoría se consumó el aval a la polémica ley.
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En esta ocasión las recusaciones en los recursos de amparo, que se dirigen contra la decisión del Supremo de no amnistiar la malversación del 'procés', integran dos bloques: el que afecta a los presentados por los ya condenados Oriol Junqueras, Jordi Turull, Dolors Bassa y Raül Romeva, que pretendían 'borrar' la inhabilitación que todavía pesa sobre ellos; y el otro, más reciente, el relativo a los fugados Lluis Puig, Toni Comín y Carles Puigdemont, para los que se mantienen en vigor las órdenes de detención precisamente por ese delito de malversación que lleva aparejado cárcel.
Unos y otros recursos han llevado ritmos diferentes –los que integran el primero de los bloques ya han sido admitidos a trámite y los del segundo lo iban a ser la semana pasada–, pero todos tienen un denominador común: el intento de dejar fuera de las deliberaciones a los magistrados del bloque conservador Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y José María Macías, y al presidente del Tribunal, Cándido Conde-Pumpido, este último a instancias de Vox, parte en el 'procés'.
El Pleno que comienza el próximo martes abordará así todas las recusaciones juntas, pues hasta que no se resuelva la composición definitiva del tribunal no se puede seguir avanzando. Y eso afecta a los recursos de los fugados y procesados por Llarena, entre ellos a Puigdemont, que pide, además, como medida cautelarísima, el levantamiento de su orden de detención. De ahí que en el TC no se haya entendido bien el movimiento de la defensa del líder de Junts al recusar a los tres magistrados progresistas con argumentos que ya se habían puesto anteriormente sobre la mesa y cuando se sabe que este nuevo escrito iba a suponer retrasar la decisión sobre el levantamiento de la orden de detención. De hecho ni la admisión del recurso ni la petición sobre el arresto van en el orden del día del próximo Pleno.
Según ha podido saber ABC de fuentes del Tribunal, todos los magistrados que han asumido las ponencias relativas a las recusaciones (tanto conservadores como progresistas) proponen su inadmisión, criterio que prevé acordar el Pleno y que dará luz verde a que sean los doce magistrados que integran el TC los que se pronuncien por primera vez sobre si el Supremo vulneró los derechos de los líderes del 'procés' al considerar que el tipo de malversación por la que fueron condenados (y otros siguen procesados) está excluida expresamente de la ley de amnistía. Aunque en junio la mayoría que lidera Conde-Pumpido respaldó la constitucionalidad de la ley, el Pleno no entró a valorar este delito, pues no fue objeto del recurso de inconstitucionalidad del Partido Popular.
El principal argumento que llevará al TC a rechazar estas recusaciones es que no es lo mismo el pronunciamiento que sobre la constitucionalidad de la amnistía haya podido tener un magistrado que la aplicación concreta de la ley y la vulneración de derechos fundamentales que los recurrentes atribuyen al Supremo. La primera de las cuestiones afectó de lleno a Campo y a Macías: al magistrado progresista porque, siendo ministro, en el informe favorable a los indultos del 'procés' tachó la amnistía de inconstitucional; al conservador, porque como vocal del CGPJ opinó sobre el proyecto de ley. Sin embargo, la segunda cuestión, el debate sobre la aplicación de la ley, no afecta a ninguno de los dos. Prueba de ello es que Campo no se ha dado por aludido y no ha planteado en esta ocasión su abstención.
Un doble rasero
El pronunciamiento del TC supondrá un varapalo a la Abogacía del Estado, que, aplicando un rasero distinto a Macías y a Campo, recusó sólo al primero nada más ser admitidos a trámite los primeros recursos de amparo. El objeto de los mismos, dijo, «es coincidente con el de la cuestión de inconstitucionalidad», pues «se reclama del Tribunal por la parte recurrente (Junqueras) la realización de un examen abstracto de constitucionalidad de la norma en su conjunto y de los diversos artículos que la componen».
Los ponentes de los textos que se llevarán al próximo Pleno discrepan y, según fuentes conocedoras de los mismos, recuerdan que el recurso de amparo en el que se recusa al magistrado Macías se dirige contra las resoluciones de la Sala Penal del Supremo sobre la aplicación de la ley, y es acerca de la alegación de derechos fundamentales en esa aplicación sobre lo que tiene que pronunciarse el Pleno, pues los recurrentes no están cuestionando la constitucionalidad de la norma.
En este sentido, esas mismas fuentes insisten en que Ramón Sáez y María Luisa Segoviano, ambos del grupo progresista, coinciden en asegurar que ni el objeto del proceso constitucional (las resoluciones judiciales en las que se rechaza borrar una malversación que está expresamente excluida de la ley) ni el contenido que se impugna coinciden con los recursos y cuestiones de constitucionalidad en los que sí se estimó la recusación del magistrado.
La ponente del 'expresident'
Opina lo mismo la también magistrada de ese bloque Laura Díaz, en este caso sobre la reciente recusación de Macías promovida por el abogado de Puigdemont. Como informó ABC, Gonzalo Boye argumenta que antes de su toma de posesión como magistrado del TC, Macías realizó manifestaciones públicas expresando una «abierta hostilidad hacia los intereses del recusante y hacia la ley (de amnistía)», por lo que duda de su imparcialidad.
Según fuentes conocedoras del borrador de Díaz, la magistrada recuerda que para el TC el interés directo o indirecto tiene que estar vinculado a la posibilidad de que el recusado obtenga un beneficio o evite un perjuicio tanto para sí mismo como para los suyos. Es decir, ha de haber un interés concreto en relación con el proceso en cuestión y además en el mismo momento en el que la recusación se plantea.
Y en este caso para la magistrada no hay ningún argumento en los escritos presentados que apunte a que en Macías se puede dar ese interés. Díaz reprocha, además, al letrado que sus alegaciones se basen en recelos y en extractos de medios de comunicación. Lo mismo sostiene respecto a los también recusados por el líder de Junts Espejel y Arnaldo, argumento que se hará extensible, aunque en otra ponencia (de Espejel) a Conde-Pumpido, pues según la doctrina del TC deben rechazarse las recusaciones que se sustentan en hechos como la atribución de afinidades ideológicas o de animadversión hacia el recusante.
Una vez resueltas estas recusaciones habrá que esperar al menos otros quince días (al siguiente Pleno, ya en octubre) para que los magistrados aborden la admisión de los recursos de amparo de los prófugos y se pronuncien sobre la medida cautelarísima que pide el líder de Junts (el levantamiento de la orden de detención). El TC prevé admitir a trámite los recursos como ha hecho con los anteriores y rechazar la petición de urgencia tramitando la medida como cautelar, es decir, dando audiencia a las partes.
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