El Constitucional da carpetazo a medio centenar de recusaciones contra Pumpido y otros tres magistrados
Admite a trámite el recurso contra la reforma penal que suprimió la sedición y reformó la malversación
Estudiará la regulación de la custodia compartida que no permite al juez valorar el interés del menor
Madrid
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Iniciar sesiónEl Pleno del Tribunal Constitucional ha vuelto a dar carpetazo este martes a medio centenar de recusaciones presentadas contra el presidente, Cándido Conde-Pumpido y los ex miembros del Gobierno Juan Carlos Campo y Laura Díez en una decena de recursos de inconstitucionalidad. ... En unos casos, como es el relativo a la reforma de la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad y el recurso contra el decreto que prorrogó las medidas de protección social en pandemia, los magistrados consideran que esas recusaciones carecen de objeto porque ambos procedimientos están ya resueltos: uno con la inadmisión del recurso y el otro con su desestimación.
En otros casos el Pleno señala que las recusaciones han perdido de forma sobrevenida su objeto, pues el propio recusado ha solicitado su abstención, reconocida a su vez por el Pleno. Se trata en concreto de procedimientos que afectaban al exministro Campo: la ley de Educación, plataformas digitales, protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, ingreso mínimo vital o Presupuestos Generales del Estado.
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Respecto a las recusaciones promovidas también por Vox contra, entre otros, Pumpido, Díez y el propio Campo (en aquellos recursos en los que n se ha abstenido), el TC ha acordado la inadmitirlas por la misma razón esgrimida en su anterior Pleno: afectarían al quorum del Tribunal y supondrían «una paralización inaceptable de las funciones del Tribunal».
El auto explica que «la salvaguarda del ejercicio de la jurisdicción constitucional reclama, y justifica al mismo tiempo que, para dictar esta resolución, no deba excluirse de la conformación del Pleno a ninguno de sus magistrados presentes».
Por lo tanto, se inadmiten de plano las recusaciones en los recursos como el relativo a las medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, becas y ayudas al estudio, el «solo sí es sí» o la memoria democrática.
Por otra parte, el Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad de Vox contra la reforma penal que suprimió el delito de sedición y reformó la malversación. La formación de Abascal considera que, además de que su procedimiento de aprobación fue defectuoso, la propia norma es contraria a la Carta Magna.
El Pleno también ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala Civil del Supremo en relación al artículo 92.7 del Código Civil, que establece la prohibición de guarda conjunta cuando cualquiera de los progenitores esté incurso en un proceso penal iniciado por violencia de género o doméstica. Como informó ABC, el automatismo de ese artículo no deja margen de maniobra al juez para velar por el interés del menor, tal y como establece la propia jurisprudencia del Alto Tribunal y los tratados internacionales suscritos por España.
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